La Asamblea endurece el régimen de incompatibilidades de sus diputados

Los 99 diputados madrileños que resulten elegidos en los comicios de mayo próximo, no podrán trabajar en cualquier empresa privada. El Parlamento regional ha empezado a estudiar, a propuesta del grupo socialista, la modificación de la actual Ley Electoral de la Comunidad de Madrid, aprobada en 1986, para endurecer el régimen de incompatibilidades de los diputados regionales.

Entre otras incompatibilidades, la nueva ley electoral impedirá que los diputados puedan ganarse la vida en empresas privadas que mantengan alguna relación con la administración pública.¿Motivo? "Recientes experie...

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Los 99 diputados madrileños que resulten elegidos en los comicios de mayo próximo, no podrán trabajar en cualquier empresa privada. El Parlamento regional ha empezado a estudiar, a propuesta del grupo socialista, la modificación de la actual Ley Electoral de la Comunidad de Madrid, aprobada en 1986, para endurecer el régimen de incompatibilidades de los diputados regionales.

Entre otras incompatibilidades, la nueva ley electoral impedirá que los diputados puedan ganarse la vida en empresas privadas que mantengan alguna relación con la administración pública.¿Motivo? "Recientes experiencias aconsejan ampliar el ámbito de la incompatibilidad mediante la inclusión en el mismo de actividades privadas que puedan guardar alguna relación, de forma directa o indirecta, con la actuación de los poderes públicos de la Comunidad de Madrid", explica en su exposición dé motivos el borrador del proyecto de ley que han empezado a estudiar los tres grupos parlamentarios (lU, PSOE y PP).

Los diputados regionales, según establece el Estatuto de Autonomía de Madrid aprobado en 1983, no tienen sueldo. Tan sólo reciben dietas de 10.000 pesetas por asistencia a comisiones parlamentarias y 50.000 pesetas por sesión plenaria (hay tres al mes).

Los honorarios mensuales por las actividades políticas de los parlamentarios rondan así las 250.000 pesetas de media. Este salario tan sólo se percibe ocho meses al año ya que durante los otros cuatro no se convocan plenos ni comisiones.

Por tanto, los parlamentarios madrileños, según la Ley Electoral de 1986, pueden ejercer actividades privadas. Sin embargo, desde este año, algunas de esas actividades privadas quedarán al margen de la ley.

. El grupo parlamentario socialista propuso hace dos meses ampliar el régimen de incompatibilidades. Ahora, con un borrador ya redactado, pretende consensuar con los otros dos grupos, IU y PP, una nueva ley. El PSOE quiere aprobarla antes de que la Asamblea cierre sus puertas por la convocatoria electoral.

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Trabajos prohibidos

Según el proyecto socialista, los diputados que no quieran perder su credencial deberán abandonar aquellas actividades privadas que estén incluidas dentro de alguno de los siguientes apartados:

- Será incompatible el cargo dé "contratista o fiador de obras, servicios, suministros o asistencias de carácter público o que implique cualquier relación de concierto o convenio que se remunere con fondos de la Comunidad de Madrid o las entidades locales de la comunidad".

- No se podrá formar parte de órganos de dirección de empresas o sociedades mercantiles cuya actividad principal consista en la contratación con la Comunidad de Madrid.

- Los diputados regionales no podrán tener participaciones superiores al 10% en el capital de las empresas o sociedades mercantiles que mantengan relación con la administración regional.

- Si la participación se verificase durante el mandato del diputado como consecuencia de una herencia, procederá a encomendar la administración de ese patrimonio a una entidad de gestión de valores y activos financieros registrada en la Comisión Nacional del Mercado de Valores. -

- Los parlamentarios madrileños no podrán desempeñar cargos en empresas o sociedades arrendatarias o administradoras de monopolios.

- Los diputados serán incompatibles para gestionar asuntos cuya tramitación o decisión última corresponde a la administración pública de la Comunidad de Madrid. La nueva ley electoral establece una excepción: aquellos casos que pertenezcan al patrimonio familiar o personal del parlamentario que podrá tramitarlos ante la administración "en el ejercicio de un derecho reconocido por las leyes".

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