Tribuna:

La transitoria sobre pensiones

Decía el Conde de Romanones: "Redacten la Ley, déjenme el Reglamento". En nuestra España de fin de siglo, más conservadora que la liberal de Alfonso XIII, los avezados lectores del único periódico que vale la pena controlar, El Boletín Oficial del Estado, van derechos a las disposiciones transitorias. . La conversión de nuestras pensiones públicas, de un sistema de reparto a un. sistema de capitalización, se enfrenta con los derechos, adquiridos. Hay que ponerle ese Cascabel al gato, como reza el título del libro escrito por José Piñera,. el ministro de Pinochet que transformó la...

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Decía el Conde de Romanones: "Redacten la Ley, déjenme el Reglamento". En nuestra España de fin de siglo, más conservadora que la liberal de Alfonso XIII, los avezados lectores del único periódico que vale la pena controlar, El Boletín Oficial del Estado, van derechos a las disposiciones transitorias. . La conversión de nuestras pensiones públicas, de un sistema de reparto a un. sistema de capitalización, se enfrenta con los derechos, adquiridos. Hay que ponerle ese Cascabel al gato, como reza el título del libro escrito por José Piñera,. el ministro de Pinochet que transformó la Seguridad Social de Chile en 1980. Cuando menciono a Pinochet, los confecionadores de EL PAÍS me sacan una foto del espadón, con la expresión más dictatorial que encuentran. Fue un bruto; no deseo. otro como él para España; pero más de una cosa hizo bien. El general cumplió la condición necesaria para el éxito de la reforma del sistema de pensiones: equilibró el Presupuesto y amortizó la deuda pública. "Pues bien me lo pone usted", me dirá el lector más reformista y radical.

El señor Piñera basó su reforma en varios cambios imaginativos. Primeramente, elevó los salarios de todos 161 emplados hasta incluir las contribuciones llamadas empresariales a la Seguridad Social. En un país con amplio paro, esas cuotas las pagan en realidad los trabajadores -o los parados-.

Hizo obligatorio un ahorro del 10% de los ingresos de cada empleado, para que lo invirtieran en el fondo de pensiones privados o, públicos de su elección (cuidadosamente supervisados por el Estado). Ese ahorro, deducible de la base del impuesto sobre los ingresos, puede complementarse hasta otro 5%. Los ahorros y sus réditos se apuntan en una libreta personal. Llegada la jubilación, el pensionista compra con lo ahorrado una pensión vitalicia en una aseguradora privada.

Las ventajas de este sistema de capitalización estriban en la productividad de los fondos (que en Chile, no ha bajado de un 12% real desde que se hizo el cambio), en los menores gas tos de administración, en la competencia entre fondos y entre aseguradoras, y en el consiguiente fomento de la economía nacional.

Pero, ¿qué hacemos con los actuales pensionistas cuyos ingresos ya no vendrán financiados por los ahorradores empleados? Y ¿qué hacemos con los empleados más talludos, que no tendrán tiempo de acumular para una pensión suficiente? ¿Y los pobres de solemnidadLas pensiones no contributivas de éstos últimos no son un grave problema, ni siquiera en España donde no suponen ni el 5%, del total de siete billones anuales de las pensiones de la Seguridad Social.

En Chile se decretó que el paso a un sistema privado fuese voluntario: están apuntados un 80% de los implicados. También anotó el Estado en todas las libretas las cuotas pagadas a la Seguridad Social de todos los. empleados y jubilados durante su vida de trabajo: paga un rédito a los fondos de pensiones sobre esas cantidades y entrega el, al cuando el trabajador se jubila.

Pero el reconocimiento por parte del Estado de esa obligación con Sus intereses es en realidad una deuda pública nueva de varias decenas de billones al año hasta que se amorticen todos los derechos. Sólo será soportable el servicio de tal deuda en la medida en que el nuevo sistema dé lugar a mayor crecimiento económico.

Ya ven ustedes las fuentes de resistencia: los empresarios, que no podrán apuntar los fondos en su balance; los ministros que no querrían equilibrar el presupuesto; y Antonio Gutiérrez y Cándido Méndez, que no podrían nombrar administradores amigos en los fondos de pensiones de empresa.

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