Dictada la libertad del abogado de HB Gorostiza por el tiempo "desproporcionado" que lleva en prisión

La Audiencia Nacional decretó ayer la libertad bajo fianza de un millón de pesetas del abogado de Herri Batasuna (HB) Txemi Gorostiza por considerar "desproporcionado" el tiempo que lleva en prisión, pese a que el fiscal pide para él una condena de siete años por haber pasado presuntamente información a ETA sobre "objetivos" de atentados, según dijo en una conversación con un activista del comando Madrid en la cárcel de Alcalá-Meco. Un recurso de la fiscalía de la Audiencia Nacional ha paralizado por el momento la excarcelación acordada por el tribunal.

La Sección Segunda de lo Penal de...

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La Audiencia Nacional decretó ayer la libertad bajo fianza de un millón de pesetas del abogado de Herri Batasuna (HB) Txemi Gorostiza por considerar "desproporcionado" el tiempo que lleva en prisión, pese a que el fiscal pide para él una condena de siete años por haber pasado presuntamente información a ETA sobre "objetivos" de atentados, según dijo en una conversación con un activista del comando Madrid en la cárcel de Alcalá-Meco. Un recurso de la fiscalía de la Audiencia Nacional ha paralizado por el momento la excarcelación acordada por el tribunal.

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La Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó anteayer la suspensión del juicio a Txemi Gorostiza para decidir si las grabaciones realizadas en la cárcel vulneraron el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones, reconocido en el artículo 18.3 de la Constitución, como alegó su abogado defensor, Kepa Landa. Tras la suspensión, Landa pidió la libertad de Txemi Gorostiza, medida a la que se opusieron el ministerio fiscal y el representante legal de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), Pedro Cerracín.Para acordar la libertad, el tribunal -integrado por los magistrados José Antonio Giménez Alfaro, José Ricardo Prada y Manuel Trenzado- ha tenido en cuenta el estado de tramitación de la causa, el tiempo que puede tardar en resolver las cuestiones planteadas y la posible duración del juicio cuando éste se reanude.

La resolución en la que se acuerda la puesta en libertad hace hincapié en que Gorostiza lleva en prisión desde el 3 de febrero y en su situación de arraigo, circunstancias que, unidas a las anteriores, "podrían hacer desproporcionado el mantenimiento de la prisión incondicional que sufre el acusado".

Un millón de fianza

Además de la fianza de un millón de pesetas, los magistrados establecen la obligación de que Gorostiza comparezca una vez a la semana en la comisaría más próxima a su domicilio.

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El acuerdo del tribunal provocó sorpresa y malestar en la Fiscalía de la Audiencia Nacional, cuyo fiscal jefe convocó una reunión urgente de fiscales y, casi inmediatamente, decidió recurrir. El recurso de la fiscalía paraliza la excarcelación, aunque previsiblemente no la impedirá, dado que son los mismos magistrados que han acordado la libertad los que resolverán el recurso del fiscal en un plazo de tres días hábiles. La única consecuencia que tendrá el recurso, salvo sorpresas, será retrasar unos días la excarcelación. La Asociación de Víctimas del Terrorismo también anunció que recurrirá la excarcelación.

Independendientemente de la libertad del abogado de HB, los magistrados deberán resolver antes de la reanudación del juicio las cinco cuestiones planteadas por el defensor, Kepa Landa. El abogado pidió en primer lugar la nulidad probatoria de la grabación de la conversación entre Gorostiza y el etarra del comando Madrid Juan Ignacio de Juana Chaos, que según el fiscal demuestra que el abogado de HB actuó como "correo" de la banda terrorista y proporcionó información para cometer atentados.

Según Landa, el derecho al secreto de las comunicaciones fue vulnerado al no mediar autorización judicial, por lo que las grabaciones son nulas y no pueden ser tenidas en cuenta. Alternativamente, pidió que se cuestione ante el Constitucional el artículo 51 de la Ley General Penitenciaria, que autoriza a intervenir las comunicaciones en casos de terrorismo.

La fiscal María Dolores Márquez afirmó que la ley penitenciaria faculta al director a intervenir las comunicaciones tras recibir noticias fundadas "de consignas entre presos de ETA y abogados para atentar contra funcionarios". Sobre la cuestión de constitucionalidad, dijo que el tema ya ha sido resuelto por el alto tribunal en un recurso de amparo.Landa recordó que la jurisprudencia prohíbe las escuchas "prospectivas" y denunció que las grabaciones no se realizaron de acuerdo con los criterios establecidos en el auto del Supremo sobre el caso Naseiro, ya que no hubo un control judicial de la transcripción de las conversaciones y alguna incluye incluso frases en letra negrita "para que no se escape nada".

La fiscal señaló que, para despejar cualquier duda, lo procedente es que el tribunal pregunte al director de Alcalá-Meco y a los funcionarios de prisiones que habían sido convocados como testigos. Según la fiscal, Gorostiza no era en aquellos momentos abogado de De Juana, ya que éste estaba asistido por otra letrada, por lo que no pudo vulnerarse el derecho de defensa. El abogado de la AVT apostilló que allí "se habló de todo menos de lo que se supone que tiene que hablar un letrado con su defendido".

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