TRIBUNALES

Limitada la estancia de un padre con su hijo para no "perturbarle"

La Audiencia Provincial de Madrid ha limitado las visitas de un padre separado de su esposa a " su hijo menor, que el juez de familia había fijado en determinadas horas de todos los días lectivos, a sólo los miércoles, desde la salida del colegio hasta las 20 horas. El tribunal motiva la limitación en el riesgo de que las visitas diarias constituyan "un elemento o factor de perturbación y desestabilizador".

El juez de familia decretó el año pasado la separación de I. G. S. e I. S. V. y acordó que la patria potestad sobre el hijo menor la ostentaran ambos cónyuges, si bien el vástago que...

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La Audiencia Provincial de Madrid ha limitado las visitas de un padre separado de su esposa a " su hijo menor, que el juez de familia había fijado en determinadas horas de todos los días lectivos, a sólo los miércoles, desde la salida del colegio hasta las 20 horas. El tribunal motiva la limitación en el riesgo de que las visitas diarias constituyan "un elemento o factor de perturbación y desestabilizador".

El juez de familia decretó el año pasado la separación de I. G. S. e I. S. V. y acordó que la patria potestad sobre el hijo menor la ostentaran ambos cónyuges, si bien el vástago quedaba bajo la guarda y custodia de la madre. El padre podría tenerle consigo los fines de semana alternos, la mitad de las vacaciones y todos los días lectivos desde la salida del colegio hasta las 18.30 horas.Ambos cónyuges recurrieron contra la sentencia, por razones enfrentadas. Ella quería que la separación se declarara "por infidelidad del esposo, que se suprimiera el régimen de visitas en días lectivos y que se elevara la cuantía de la pensión alimenticia desde las 32.000 pesetas mensuales fijadas a 45.000. Él pedía para sí la guarda y custodia del hijo común y que fuera la mujer la que le pagara una pensión alimenticia de 25.000 pesetas mensuales.

Decisión salomónica

La decisión de la Sección 22a de la Audiencia Provincial de Madrid, integrada por dos hombres -Eduardo Hijas y Ángel Sánchez, este último ponente- y una mujer -Carmen Val Suárez-, ha sido salomónica en lo que se refiere a las visitas paternas en los días lectivos. No las ha suprimido, como pedía la madre, ni le ha entregado el hijo al padre, como quería éste, sino que "en interés del menor", y para evitar el carácter "perturbador" y "desestabilizador" de las vísitas diarias, las ha limitado.El tribunal fundamenta la limitación de las visitas paternas en el informe psicológico sobre la afectividad y emotividad del menor. Sin embargo, Pedro López Anadón, letrado del padre, ha expresado su indignación por "el trato generalmente discriminatorio que reciben los varones en la relación con sus hijos".

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