Un juez admite las protestas carcelarias si se utilizan medios pacíficos

Un auto del juez de vigilancia penitenciarla de Santa Cruz de Tenerife ampara el derecho de un recluso de la prisión Tenerife II a protestar por medios pacíficos contra la instalación de literas en este> centro. Dicho interno y otros 60 se subieron a los tejados de la cárcel el pasado 21 de julio y exhibieron durante cinco horas una pancarta en la que se leía: "No a las literas". Por esta actitud fueron sancionados con 14 días de aislamiento. Según el auto, la instalación de literas en la prisión atenta "contra derechos fundamentales del interno"."No existió ni motín ni plante", según el auto ...

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Un auto del juez de vigilancia penitenciarla de Santa Cruz de Tenerife ampara el derecho de un recluso de la prisión Tenerife II a protestar por medios pacíficos contra la instalación de literas en este> centro. Dicho interno y otros 60 se subieron a los tejados de la cárcel el pasado 21 de julio y exhibieron durante cinco horas una pancarta en la que se leía: "No a las literas". Por esta actitud fueron sancionados con 14 días de aislamiento. Según el auto, la instalación de literas en la prisión atenta "contra derechos fundamentales del interno"."No existió ni motín ni plante", según el auto dictado por el magistrado Juan Carlos Toro Alcaide, sino una "protesta" no violenta, por lo que la sanción impuesta por la dirección del centro penitenciario, que calificó la falta como muy grave, ha de ser sustituida por otra de privación de paseos y actos recreativos comunes por igual periodo de tiempo -dos semanas-

El auto admite parcialmente el recurso presentado por uno de los internos contra la medida disciplinaria, al entender que los reclusos cometieron únicamente un acto de "desobediencia". Sin embargo, justifica la conducta de los presos como una consecuencia de "la vulneración legislativa a la medida administrativa que constituye la instalación de las literas, atentatoria contra derechos fundamentales del interno, como es la dignidad y el derecho a un espacio vital".

El auto precisa, asimismo, que el preso está privado de libertad, pero no de otros derechos recogidos en la Constitución, como el de opinión, por lo que en este caso, ante la imposibilidad de dirigirse a la prensa, los reclusos optaron por hacer llegar a la opinión pública de aquel modo el contenido de su queja, a la vista de los periodistas congregados ante las puertas de la cárcel.

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