PRENSA

El Constitucional estima improcedente una información sobre el hijo de Sara Montiel

El Tribunal Constitucional ha denegado el recurso de amparo a la anterior empresa propietariá del diario Ya, que fue condenada por publicar en 1985 un reportaje sobre el origen de uno de los hijos adoptivos de la actriz Sara Montiel, Zeus, nacido en Alicante y cuya madre natural trabajaba en una barra americana.

La Sala Segunda del alto tribunal estima en su sentencia, dada a conocer ayer, que la información publicada por el rotativo "no constituye materia de interés general que contribuya a la formación de la opinión pública", y dice que no estaba justificada "en función del...

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El Tribunal Constitucional ha denegado el recurso de amparo a la anterior empresa propietariá del diario Ya, que fue condenada por publicar en 1985 un reportaje sobre el origen de uno de los hijos adoptivos de la actriz Sara Montiel, Zeus, nacido en Alicante y cuya madre natural trabajaba en una barra americana.

La Sala Segunda del alto tribunal estima en su sentencia, dada a conocer ayer, que la información publicada por el rotativo "no constituye materia de interés general que contribuya a la formación de la opinión pública", y dice que no estaba justificada "en función del interés público del asunto sobre el que se informaba".

El 31 de agosto de 1985, el periódico madrileño incluyó en sus páginas un reportaje, firmado en Alicante por el periodista Joaquín García Cruz, titulado El hijo adoptivo de Sara Montiel fue adquirido en Alicante, donde refería que la madre del niño adoptado por la cantante "trabajaba en una barra americana".

Esta información desmentía la versión que sobre el origen del pequeño habían aportado públicamente la propia Sara Montiel y su marido, José Tous, según la cual el menor habría nacido en Santo Domingo, y lo habrían adoptado legalmente en Miami.

Sara Montiel y su marido presentaron una demanda de protección del honor y la intimidad personal y familiar contra la Editorial Católica (Edica); el entonces director, Guillermo Medina, y el autor de la noticia. Tras una primera condena en primera instancia, fue fijada una indemnización de 12 millones por la Audiencia Territorial de Madrid. Los condenados recurrieron en casación ante el Tribunal Supremo, que desestimó el recurso.

Al considerar vulnerado el derecho a la información, Edica presentó recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que ahora también ha rechazado la iniciativa de la empresa.

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