La Audiencia ordena a Interior que pague el regreso a una mujer expulsada ilegalmente

La Audiencia Nacional ha ordenado al Ministerio del Interior la ejecución forzosa de la sentencia que anuló la expulsión de España de la ecuatoguineana Dolores Barleycorn Buila, de 22 años, con residencia legal en Madrid. El tribunal ordena que se concedan los permisos para el regreso de la expulsada, incluso habilitando fondos "para que pueda hacer efectivo su retorno, ya que su expulsión ha sido declarada nula".

El origen de este caso fue la expulsión decretada hace más de dos años, por Ana Tutor, anterior delegada del Gobierno, a la que el defensor del Pueblo, Álvaro Gil-Robles, acus...

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La Audiencia Nacional ha ordenado al Ministerio del Interior la ejecución forzosa de la sentencia que anuló la expulsión de España de la ecuatoguineana Dolores Barleycorn Buila, de 22 años, con residencia legal en Madrid. El tribunal ordena que se concedan los permisos para el regreso de la expulsada, incluso habilitando fondos "para que pueda hacer efectivo su retorno, ya que su expulsión ha sido declarada nula".

El origen de este caso fue la expulsión decretada hace más de dos años, por Ana Tutor, anterior delegada del Gobierno, a la que el defensor del Pueblo, Álvaro Gil-Robles, acusó de "un uso arbitrario e injustificado de las facultades" que le concede la Ley de Extranjería. Gil-Robles se refería al arraigo de Barleycorn, con residencia legal en Madrid, en donde un familiar mostró su disposición a mantenerla mientras renovaba su permiso de trabajo en un top less.Tutor respondió muy ofendida que la expulsión de la ecuatoguineana, a la que se separó de su hija -que está en Madrid con unos familiares- se había realizado "respetando la legislación vigente". Barleycorn fue introducida en un avión y enviada a su país. Tutor dijo entonces: "Todavía puede presentar un recurso en el Consulado español".

Recurrida la expulsión el 27 de septiembre de 1990, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional anuló la decisión por falta de notificación de la resolución, que "determinó indefensión", y restableció el derecho de la recurrente "a entrar en España". El fallo no se cumplió.

El 14 de noviembre de 1990, la Audiencia Nacional remitió la sentencia para su cumplimiento al subsecretario de Interior, Santiago Varela. Ante el incumplimiento de la orden, los abogados Juan Jesús González Herrero y Esperanza Fuertes de la Torre, "transcurridos con exceso los dos meses que tiene la Administración", solicitaron la ejecución forzosa. El 5 de marzo de 1991 la Audiencia Nacional se dirigió de nuevo a Interior, sin resultado positivo.

El escrito del tribunal pide a Interior que comunique "el motivo por el que no se ha procedido, pese al tiempo transcurrido, a ejecutar" la sentencia y le ordena "la ejecución forzosa" de la misma, "y en consecuencia se concedan a doña Dolores Barleycorn Bulla los visados y permisos que fuesen legalmente preceptivos para que pueda volver a España, con obligación de notificar a la Embajada en Malabo la concesión de dichos permisos y la autorización para (...) regresar a este país".

La Audiencia Nacional ordena al subsecretario de Interior que habilite los fondos o billetes de viaje para que pueda regresar "toda vez que su expulsión ha sido declarada nula y dejada sin efecto". El 2 de abril último, Interior acusó recibo de la orden, que fue remitida "a la Comisaría General de Documentación para urgente ejecución de la sentencia". Ayer la orden no había sido cumplida.

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