El Supremo confirma la condena de cinco años de cárcel a un urólogo por aborto

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Ciudad Real que condena a cinco años de cárcel, 10 de inhabilitación profesional y un millón de pesetas de multa al médico urólogo Moisés Corrales Rodríguez por practicar un aborto en 1985 a Elena Lacoba, a quien se absuelve en aplicación de la eximente de estado de necesidad. La sala se ha dirigido al Gobierno en solicitud de un indulto parcial para el condenado.

"Espero que me concedan el indulto y pueda seguir trabajando, porque si me ponen diez años de inhabilitación ya me jubilo, tengo...

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La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Ciudad Real que condena a cinco años de cárcel, 10 de inhabilitación profesional y un millón de pesetas de multa al médico urólogo Moisés Corrales Rodríguez por practicar un aborto en 1985 a Elena Lacoba, a quien se absuelve en aplicación de la eximente de estado de necesidad. La sala se ha dirigido al Gobierno en solicitud de un indulto parcial para el condenado.

"Espero que me concedan el indulto y pueda seguir trabajando, porque si me ponen diez años de inhabilitación ya me jubilo, tengo 52 años, declaró Corrales, residente en Puertollano (Ciudad Real). "Lo único que quiero es que todo se resuelva y me dejen trabajar tranquilo".Corrales practicó el aborto a Elena Lacoba en 1985, -entonces la ley de despenalización parcial del aborto, no estaba vigente-, cuando ella, acompañada de su esposo y un amigo, pidió su ayuda. A los 24 años era madre de tres hijos de 1, 2 y 3 años, y estaba embarazada del cuarto. Primero intentó interrumpir su embarazo mediante una inyección que le vendió una prostituta por 15.000 pesetas y después acudió a Corrales.

Posteriormente una hermana de Lacoba se dirigió al mismo médico con idéntica petición, y como éste se negó a hacerlo le denunció. "No practico este tipo de intervenciones y al principio me negué a hacerselo a Elena Lacoba pero ella y su marido siguieron insistiendo y me dieron pena", explicó Corrales. "Cuando más tarde acudió su hermana me dió miedo y no lo hice". Moisés Corrales trabajó durante 10 años como ayudante de ginecología y practicó el aborto cuando Elena Lacoba estaba embarazada de seis semanas, y no se presentaron problemas posteriores.

Muy necesitados

Según la sentencia, en 1985 el matrimonio formado por Elena Lacoba y Eufrasio de Haro, "pasaban por una situación económica precaria" vivían en casa de los padres de Elena y necesitaban su ayuda para adquirir alimentos. El marido, que se encontraba en paro y no cobraba subsidio, acababa de alquilar por 15.000 pesetas una estacion de lavado y engrase de coches que atendía con grandes dificultades económicas.Elena Lacoba, que tuvo que dejar de tomar píldoras anticonceptivas por problemas de salud, se quedó embarazada por cuarta vez en mayo de 1985, lo que, según la sentencia, "produjo una situación de angustia al matrimonio". Ambos decidieron "conjunta y meditadamente" la interrupción del embarazo y pidieron ayuda a un amigo.

La Audiencia de Ciudad Real aplicó la eximente de estado de necesidad a mujer, a su marido y al amigo que les ayudó a buscar al médico. Maite Ayllón, de la Comisión pro Derecho al Aborto explicó que la misma eximente no fue contemplada en el caso del urólogo, para quien su defensor había solicitado la aplicación retroactiva de la ley de despenalización parcial del aborto.

La Comisión considera que esta sentencia es un antecedente negativo para otros casos similares pendientes de recurso, como los de las clínicas Ginetec de Valladolid, Los Naranjos de Sevilla y Dator de Madrid. "Vamos a emprender acciones de protesta y enviaremos cartas al Presidente del Gobierno y a los diferentes tribunales que tienen expedientes de juicio por aborto", ha anunciado Ayllón. Asimismo la Asociación solicitará que Moisés Corrales no ingrese en prisión.

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