Cartas al director

Abofetear

El martes día 30 de octubre de 1990, pude leer en su periódico que un juez militar del Tribunal Territorial Prirmero de Madrid estimó que pegar a un soldado "no reviste carácter de infracción penal" y que podía ser considerado como "un medio racionalmente necesario y proporcionado para contener la contumaz desobediencia" del soldado.Tomando esta resolución del juez como una base sólida para mis argumentos quisiera exponer una serie de proposiciones que pienso podrían ser de interés común.

Creo que sería conveniente imponer castigos físicos a todos los reclusos que estén en cárceles espa...

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El martes día 30 de octubre de 1990, pude leer en su periódico que un juez militar del Tribunal Territorial Prirmero de Madrid estimó que pegar a un soldado "no reviste carácter de infracción penal" y que podía ser considerado como "un medio racionalmente necesario y proporcionado para contener la contumaz desobediencia" del soldado.Tomando esta resolución del juez como una base sólida para mis argumentos quisiera exponer una serie de proposiciones que pienso podrían ser de interés común.

Creo que sería conveniente imponer castigos físicos a todos los reclusos que estén en cárceles españolas, pues este parece ser el mejor remedio, según el señor juez, para aplacar el comportamiento antisocial y desobediente de todos ellos.

Creo justo también, que los agentes de tráfico de la Guardia Civil y de los diversos cuerpos urbanos hagan uso de sus porras en lugar de imponer multas, contra todo aquel que no respete las normas de seguridad vial.

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Hay muchas más cosas que creo justas y pienso que con esta resolución del juez militar deberían ser seriamente consideradas, pero citarlas todas aquí prolongaría excesivamente mi carta.

Sólo me queda rogar al estamento militar que, aunque viva en un mundo completamente distinto al nuestro, tenga constancia de que estamos a 1990, en un supuesto país "europeo y civilizado".-

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