Cartas al director

Pensiones sociales

El diario EL PAÍS del 21 de diciembre publica una carta de don Jaime García Vicente, de Barcelona, en la que acertadamente se comenta la actual situación de las, restaciones asistenciales vigentes y los problemas que las mismas presentan.Efectivamente, a pesar de los esfuerzos realizados en los últimos años en el campo de la protección social, que han permitido incrementar sensiblemente el importe de tales prestaciones, y la suavización de alguno de sus requisitos (como la reducción de la edad para optar a ellas de 69 a 66 años), persisten aún graves dificultades para el acceso a las mismas, l...

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El diario EL PAÍS del 21 de diciembre publica una carta de don Jaime García Vicente, de Barcelona, en la que acertadamente se comenta la actual situación de las, restaciones asistenciales vigentes y los problemas que las mismas presentan.Efectivamente, a pesar de los esfuerzos realizados en los últimos años en el campo de la protección social, que han permitido incrementar sensiblemente el importe de tales prestaciones, y la suavización de alguno de sus requisitos (como la reducción de la edad para optar a ellas de 69 a 66 años), persisten aún graves dificultades para el acceso a las mismas, la principal de las cuales es sin duda la exigencia de que el beneficiario no tenga familiares con obligación legal de prestarle alimentos, lo que desde luego no fomenta la corrección de las situaciones de desarraigo familiar en que estas personas puedan encontrarse, como son los casos citados, con lo que se da un riesgo importante de marginación y rechazo del núcleo familiar al verse éste afectado en su economía doméstica.

Por otra parte, la protección de estas situaciones no está cubierta en las iniciativas tomadas por algunas comunidades autónomas, ya que las prestaciones sociales que estas iniciativas recogen tienen como objetivo a un colectivo muy diferente, los mayores de 25 y menores de 65 años; es decir, precisamente quienes están en edad de trabajar y no a quienes por razón de su edad o por minusvalía no están en condiciones de hacerlo.

A este vacío de protección debe dar respuesta la Seguridad Social, y a ello responde la reciente aprobación por el Gobierno del proyecto de ley por el que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas.

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La regulación que dicho proyecto contiene de las pensiones no contributivas que se reconocerán a favor de las personas que hayan cumplido los 65 años, o mayores de 18 años y afectados de minusvalía, no condiciona éstas a la existencia o no de familiares con obligación de prestar alimentos, requisito éste que se suprime, sino a los recursos de la unidad real de convivencia en que se integra el beneficiario, potenciando su inserción precisamente en el núcleo familiar básico, al duplicar el límite de recursos exigidos con carácter general cuando convive con sus descendientes.

Por otra parte, la inclusión de estas penstones no contributivas en el sistema de la Seguridad Social significa una protección integral del beneficiario, ya que conllevará también el derecho a la asistencia samtana, prestaciones farmacéuticas, servicios sociales Y, en su caso, protección a la familia.

Por último, conviene resaltar que al incluirse estas prestaciones como propias de la Seguridad Social se configurarán como un verdadero derecho de todos los ciudadanos, financiadas reguladas por el Estado, accediéndose a ellas siempre que se cumplan los requisitos exigidos, sin Pasa a la página siguiente Viene de la página anterior sujeción a discrecionalidad alguna, a límites temporales o a disponibilidades presupuestarias.

Quedará con ello configurado un sistema público de pensiones en el que, junto a la modalidad contributiva ahora existente, cuya cuantía depende del esfuerzo de cotización realizado, se integrarán estas nuevas prestaciones no contributivas para la cobertura de necesidades básicas, universalizándose así la protección de la Seguridad Social y corrigiéndose situaciones de desprotección como las que se indicaban en la carta comentada.- Secretario general para la Seguridad Social.

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