El juez ordena el traslado del cabo Manuel Rosa a la prisión de Alcalá

El juez togado de Sevilla ha ordenado a la Dirección General de la Guardia Civil el traslado del cabo de este Cuerpo Manuel Rosa Recuerda, desde el acuartelamiento sevillano de Monte Quinto hasta la prisión militar de Alcalá de Henares; (Madrid), según informó un portavoz de la citada dirección general. Manuel Rosa Recuerda, uno de los principales promotores del sindicato clandestino de la Guardia Civil, se encuentra procesado desde el pasado mes de febrero, por el juez togado de Sevilla, como presunto autor de un delito de desobediencia.

El portavoz señaló que el cabo Rosa será trasla...

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El juez togado de Sevilla ha ordenado a la Dirección General de la Guardia Civil el traslado del cabo de este Cuerpo Manuel Rosa Recuerda, desde el acuartelamiento sevillano de Monte Quinto hasta la prisión militar de Alcalá de Henares; (Madrid), según informó un portavoz de la citada dirección general. Manuel Rosa Recuerda, uno de los principales promotores del sindicato clandestino de la Guardia Civil, se encuentra procesado desde el pasado mes de febrero, por el juez togado de Sevilla, como presunto autor de un delito de desobediencia.

El portavoz señaló que el cabo Rosa será trasladado a Alcalá en las próximas horas, y precisó que la orden del tribunal militar se basa en dos sentencias emitidas el 5 de julio por el Supremo, constituido como tribunal de conflictos de jurisdicción.

El Supremo resolvió, en favor de la jurisdicción militar, sendos conflictos planteados entre las audiencias territoriales de Sevilla y de Burgos y el. Tribunal Militar Central sobre a quien correspondía entender de los recursos interpuestos por Manuel Rosa y por el también guardia civil Pedro Rafael Peláez, respectivamente, sobre sanciones disciplinarias impuestas por la Dirección General de la Guardia Civil.

El Tribunal Supremo señala que la Guardia Civil es un instituto armado de naturaleza militar, estructurado jerárquicamente según los diferentes empleos en concordancia con su naturaleza militar. Añade que, a efectos disciplinarios, la Guardia Civil se rige por su normativa específica, y queda fuera de la órbita del régimen disciplinario establecido por la ley de fuerzas y cuerpos de seguridad.

"Los tribunales militares", añade la sentencia, "son los únicos competentes para conocer de todo recurso contra un acto producido en vía disciplinaria, sin que sea admisible el argumento de que al no dar la ley disciplinaria de las Fuerzas Armadas recurso Jurisdiccional contra sanciones por falta leve, haya omisión de toda tutela, pues era clara la posibilidad de acudir a la ley Especial de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales si se consideraba infrigido alguno de ellos".

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