Liberalizadas las operaciones sobre futuros a partir del 1 de septiembre

El Banco de España aprobó ayer una circular que regula las operaciones sobre futuros financieros y que entrará en vigor el próximo 1 de septiembre. Las operaciones liberalizadas por esta circular son los convenios de tipos de interés futuros, conocidos como FRA, y las operaciones de futuros financieros.

Según una nota difundida por el banco emisor, "estos dos instrumentos permiten cubrir riesgos futuros de tipos de interés en mercados internacionales de financiación". En esos mercados, las transacciones se conciertan de manera casi generalizada a tipos de interés flotante, por lo que ex...

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El Banco de España aprobó ayer una circular que regula las operaciones sobre futuros financieros y que entrará en vigor el próximo 1 de septiembre. Las operaciones liberalizadas por esta circular son los convenios de tipos de interés futuros, conocidos como FRA, y las operaciones de futuros financieros.

Según una nota difundida por el banco emisor, "estos dos instrumentos permiten cubrir riesgos futuros de tipos de interés en mercados internacionales de financiación". En esos mercados, las transacciones se conciertan de manera casi generalizada a tipos de interés flotante, por lo que existe un riesgo inherente de oscilación de tipos, que estos instrumentos intentan cubrir.Tanto las operaciones FRA como las de futuros Financieros pueden realizarse por parte de las entidades de crédito y ahorro con finalidad de cobertura propia o de intermediación ante residentes que estén interesados en cubrir riesgos de tipos de interés.

Por otra parte, el Banco de España aprobó una segunda circular por la que se liberalizan las operaciones de divisas contra pesetas convertibles cuando la transacción se efectúe con un vencimiento inferior a dos días hábiles. Las operaciones liberalizadas por esta circular son las conocidas como tom-next (tomorrow-next), y consisten en el intercambio de divisas por pesetas entre los mercados exteriores y el mercado español.

La circular aprobada ayer también liberaliza la cobertura de riesgo de cambio de divisas contra pesetas cuando lo realicen no residentes. Estas operaciones exigían hasta ahora un período mínimo de contratación de siete días hábiles cuando se trataba de ventas a plazo de pesetas. El banco emisor ha modificado además el orden de contratación de la sesión, oficial del mercado con el objetivo de facilitar las operaciones en ECU.

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