Editorial:

Coletilla racial

EL SENTIMIENTO de respeto que, según los sondeos, parecen inspirar a los españoles los tribunales de justicia, como categoría genérica y abstracta, se torna en una muy relativa estima hacia quienes los encarnan en la práctica: los jueces. A este escaso aprecio social contribuye el persistente deterioro del servicio judicial, que el ciudadano tiende a personificar, con mayor o menor acierto, en quien tiene la responsabilidad de impartir justicia. Pero junto a este mal funcionamiento de un servicio público que corresponde al Gobierno garantizar existen culpas inequívocamente propias en la progre...

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EL SENTIMIENTO de respeto que, según los sondeos, parecen inspirar a los españoles los tribunales de justicia, como categoría genérica y abstracta, se torna en una muy relativa estima hacia quienes los encarnan en la práctica: los jueces. A este escaso aprecio social contribuye el persistente deterioro del servicio judicial, que el ciudadano tiende a personificar, con mayor o menor acierto, en quien tiene la responsabilidad de impartir justicia. Pero junto a este mal funcionamiento de un servicio público que corresponde al Gobierno garantizar existen culpas inequívocamente propias en la progresiva pérdida de imagen del juez. Y no cabe duda de que entre ellas ocupa un lugar destacado la frecuencia con que se producen pronunciamientos judiciales que hacen caso omiso de los principios constitucionales y que chocan con los valores de pluralismo y tolerancia social.El último caso que se conoce es la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia en la que el ponente considera destacable, para definir las relaciones entre una mujer y un hombre, la circunstancia de "ser éste de raza negra". Esta coletilla de claro tinte racista, sea hecha con intención de agravar o de atenuar la conducta de la persona enjuiciada, constituye una flagrante vulneración del principio constitucional de igualdad ante la ley y de no discriminación por razón de raza, y desacredita a la propia función de juzgar. Sentencias como ésta y como otras recientes, que dejan traslucir tan descaradamente los prejuicios ideológicos, morales y sociales de quienes las redactan, ponen al descubierto la persistencia de un núcleo de jueces reticente a los valores constitucionales, a los que, por imperativo legal, está obligadamente vinculada la función jurisdiccional.

Es grave que el Gobierno no se atenga en su actos a la legalidad constitucional o que el Parlamento la desconozca en su labor legislativa, pero es inadmisible que quienes tienen por oficio juzgar muestren tanta desconsideración por la norma que legitima su tarea. Si esta actitud tuviese acogida en sentencias del Tribunal Supremo podría producirse algo verdaderamente aberrante: que prejuicios raciales o sexistas alcanzaran la categoría de criterios jurisprudenciales y se convirtieran en obligada clave interpretativa de la ley para el resto de los tribunales.

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