Moscoso insta a los fiscales a ser más rigurosos en las vistas orales a raíz del 'caso Bultó'

El fiscal general del Estado, Javier Moscoso, ha remitido una instrucción a todas las fiscalías en la que insta a los fiscales a ser más rigurosos en el cumplimiento de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en los juicios orales, para garantizar que el acusado no esté en situación de indefensión. La instrucción, firmada el pasado 27 de febrero, ha sido realizada a raíz de la sentencia del Tribunal Europeo que condenó al Estado español por no haber proporcionado un "juicio justo y público" a los acusados por el caso Bultó.

El tribunal de Estrasburgo consideró que la falta de garantías en...

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El fiscal general del Estado, Javier Moscoso, ha remitido una instrucción a todas las fiscalías en la que insta a los fiscales a ser más rigurosos en el cumplimiento de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en los juicios orales, para garantizar que el acusado no esté en situación de indefensión. La instrucción, firmada el pasado 27 de febrero, ha sido realizada a raíz de la sentencia del Tribunal Europeo que condenó al Estado español por no haber proporcionado un "juicio justo y público" a los acusados por el caso Bultó.

El tribunal de Estrasburgo consideró que la falta de garantías en el proceso seguido contra los tres procesados se cometió, entre otros motivos, porque "pruebas muy importantes no fueron presentadas y discutidas de manera adecuada durante la vista, en presencia de los acusados y bajo el control público".

La instrucción subraya que en el juicio oral el fiscal debe solicitar que sea leída la parte de la prueba documental realizada durante la Instrucción del sumario en la que no hubiera participado el acusado, para evitar la posible indefensión del mismo. La orden señala que el fiscal debe "cuidar de que sean notificadas a las partes los cambios que puedan producirse entre los componentes del tribunal". Ésta circunstancia, al igual que la ausencia de la reproducción de la prueba documental, se dieron en el juicio del caso Bultó y fueron dos de los motivos destacados por el Tribunal Europeo para condenar al Estado español.

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