Cartas al director

"Presuntos"

Se define la presunción como " cosa que por ministerio de la ley se tiene por verdad", y presunción de ley, "la que por el ordenamiento legal se reputa verdadera, en tanto que no exista prueba en contrario". Pues leemos y oímos casi a diario expresiones como "el presunto estafador", "los presuntos terroristas", el "presunto asesino" o "el presunto violador". Supongo que la intención del que lo escribe o del que lo dice, al llamarles "presuntos", es evitar llamarles culpables sin que haya habido juicio y sentencia condenatoria. Pero lo que hacen, en todo caso, es todo lo contrario, ya que la Co...

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Se define la presunción como " cosa que por ministerio de la ley se tiene por verdad", y presunción de ley, "la que por el ordenamiento legal se reputa verdadera, en tanto que no exista prueba en contrario". Pues leemos y oímos casi a diario expresiones como "el presunto estafador", "los presuntos terroristas", el "presunto asesino" o "el presunto violador". Supongo que la intención del que lo escribe o del que lo dice, al llamarles "presuntos", es evitar llamarles culpables sin que haya habido juicio y sentencia condenatoria. Pero lo que hacen, en todo caso, es todo lo contrario, ya que la Constitución, en su artículo 24, párrafo 2, lo que declara es el derecho de todo ciudadano a la presunción de inocencia, por lo que si le llaman presunto culpable difícilmente puede ser tenido por presunto inocente. Sería más correcto, a mi juicio, llamarles "sospechosos", entre otras cosas, para evitar una posible querella del ciudadano sospechoso de delito y presunto inocente, al ser tildado de presunto culpable sin juicio ni sentencia.- Javier Recarte.

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