El Supremo da vía libre a una querella contra un magistrado

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha dado vía libre para el procesamiento, en su caso, del magistrado Juan Oca Pastor, de 60 años, titular de la Magistratura de Trabajo número 24 de Madrid, acusado del delito de prevaricación [dictar a sabiendas resolución injusta]. -El motivo de la querella interpuesta contra Oca fue que dicho magistrado desestimó la demanda de una trabajadora, a pesar de haber aceptado la reclamación el empresario. Por tratarse de un magistrado, se ha celebrado un antejuicio que ha sido resuelto por el Supremo mediante la admisión a trámite de la querella y la designación...

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La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha dado vía libre para el procesamiento, en su caso, del magistrado Juan Oca Pastor, de 60 años, titular de la Magistratura de Trabajo número 24 de Madrid, acusado del delito de prevaricación [dictar a sabiendas resolución injusta]. -El motivo de la querella interpuesta contra Oca fue que dicho magistrado desestimó la demanda de una trabajadora, a pesar de haber aceptado la reclamación el empresario. Por tratarse de un magistrado, se ha celebrado un antejuicio que ha sido resuelto por el Supremo mediante la admisión a trámite de la querella y la designación de juez instructor.El origen de esta causa fue una reclamación salarial por un importe de 124.538 pesetas, realizada por Amparo Azkoitia Díaz contra el empresario Julián Maestre. La tramitación de la demanda correspondió a Juan Oca, entonces titular de la Magistratura de Trabajo número 19 de Madrid. Aunque el empresario reconoció la deuda, el 9 de junio de 1986 el magistrado Oca desestimó la demanda. Solicitada aclaración sobre esta sentencia, fue denegada.

Sentencia injusta

Ante estos hechos, Amparo Azkoitia interpuso una querella criminal contra Juan Oca y promovió el necesario antejuicio, previo a la exigencia de responsabilidad penal a jueces y magistrados, según lo establecido en el artículo 410 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. El motivo de la querella fue considerar que, dado el allanamiento del empresario a la demanda, la decisión judicial constuía una resolución "manifiestamente injusta", que perjudicaba a la querellante de forma grave.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo -integrada por Enrique Ruiz Vadillo, presidente, y los magistrados Francisco Soto, Ramón Montero, Eduardo Moner y Luis Vivas- celebró antejuicio y acordó admitir a trámite la querella. Asimismo, acordó formar el correspondiente sumario y designar para ello juez instructor delegado de la sala al magistrado Eduardo Moner, quien iniciará las diligencias "que estime pertinentes y que su celo le sugiera, con exclusión de la de dictar auto de procesamiento si, llegado el caso, hubiera de proferirse". La sala ha comunicado este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, para la suspensión en sus funciones del magistrado querellado.

La resolución del Supremo se fundamenta, entre otros razonamientos jurídicos, en que la sentencia del magistrado Oca parace contradecir lo establecido en la ley de Procedimiento Laboral y en que de los hechos relatados "de resultar justificados", dice la sala, "podrían constituir el delito de prevaricación culposa que tipifica el artículo 355 del Código Penal ['el juez que, por negligencia o ignorancia inexcusables, dictare sentencia manifiestamente injusta, incurrirá en la pena de inhabilitación especial']".

Depuración de los hechos

En consecuencia, la sala estima procedente admitir la querella "para, tras la oportuna depuración de los hechos que se imputan al querellado, conocer, con la debida exactitud, la veracidad de las afirmaciones que se hacen, y caso de ser realidad todo cuanto se denuncia, determinar la forma, modo y circunstancias de su realización, a fin de proceder, en vista de lo actuado, a las declaraciones legales correspondientes".

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