Anulada la condena a un objetor que ironizó sobre la labor de los jueces

El Tribunal Constitucional ha anulado sendas sentencias de la Audiencia Provincial de Madrid y la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que condenaron al objetor de conciencia José Luis Navazo Gancedo como autor de injurias graves a la Administración de Justicia representada en sus jueces. El alto tribunal ampara la declaración irónica de Navazo, cuando afirmó que "hay una gran parte de los jueces que son realmente incorruptibles; nada, absolutamente nada, puede obligarles a hacer justicia".La declaración de Navazo, publicada en Diario 16 en 1982, hacía referencia a una condena por injuria...

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El Tribunal Constitucional ha anulado sendas sentencias de la Audiencia Provincial de Madrid y la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que condenaron al objetor de conciencia José Luis Navazo Gancedo como autor de injurias graves a la Administración de Justicia representada en sus jueces. El alto tribunal ampara la declaración irónica de Navazo, cuando afirmó que "hay una gran parte de los jueces que son realmente incorruptibles; nada, absolutamente nada, puede obligarles a hacer justicia".La declaración de Navazo, publicada en Diario 16 en 1982, hacía referencia a una condena por injurias al Ejército que sufrió con anterioridad, por unas afirmaciones sobre el papel de los ejércitos a lo largo de la historia. "Es increíble que a mí me metan siete meses y que castiguen con un mes de arresto a un capitán de ilustre apellido [Miláns del Bosch] que llamó cerdo al Rey", dijo, y agregó la opinión "arraigada" que tenía sobre la incorruptibilidad de los jueces.

El alto tribunal entiende que, aunque la opinión es "acerba, inexacta e injusta", constituye una crítica legítima y está amparada por el derecho a la libertad de expresión, "más amplia que la libertad de información por no operar en el ejercicio de aquélla el límite interno de veracidad que es aplicable a ésta".

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