Un tribunal declara degradante la colocación de capuchas a los detenidos

La colocación de capuchas a los detenidos sometidos a interrogatorio policial constituye un delito de "trato degradante", según una sentencia dada a conocer ayer por la Audiencia Provincial de San Sebastián. En la sentencia, primera que sanciona en España este tipo de prácticas según fuentes judiciales, se condena a una pena de un mes y un día de arresto mayor y dos meses de suspensión de funciones al capitán de la Guardia Civil Fidel del Hoyo Cepeda, que instruyó los interrogatorios a que fue sometido el autor de la denuncia, Ildefonso Salazar.La Audiencia donostiarra considera un hecho proba...

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La colocación de capuchas a los detenidos sometidos a interrogatorio policial constituye un delito de "trato degradante", según una sentencia dada a conocer ayer por la Audiencia Provincial de San Sebastián. En la sentencia, primera que sanciona en España este tipo de prácticas según fuentes judiciales, se condena a una pena de un mes y un día de arresto mayor y dos meses de suspensión de funciones al capitán de la Guardia Civil Fidel del Hoyo Cepeda, que instruyó los interrogatorios a que fue sometido el autor de la denuncia, Ildefonso Salazar.La Audiencia donostiarra considera un hecho probado que en julio de 1984 Ildefonso Salazar, vecino de Rentería, permaneció encapuchado en los interrogatorios a que fue sometido durante los cuatro días en que estuvo arrestado en el cuartel de Intxaurrondo en San Sebastián y estima que la conducta del oficial de la Guardia Civil condenado respondía al propósito de provocar desorientación espacial, e impotencia al detenido para así obtener su confesión.

La colocación de capuchas, bolsas de plástico o cualquier prenda que impida la visión de los detenidos, una práctica admitida como habitual por algunos responsables de las fuerzas de seguridad del Estado y justificada en una ocasión por el propio ministro José Barrionuevo, suscita desde hace años reacciones de censura en los medios judiciales vascos. En su fallo, el tribunal establece que el encapuchamiento de los detenidos en los interrogatorios "es una práctica degradante porque con ella se tiende a crear sentimientos de miedo, angustia e inferioridad y un envilecimiento y quebrantamiento, en su caso, de la resistencia física y moral del sujeto".

El tribunal fundamenta su fallo en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que manifiesta que "nadie será sometido a torturas ni penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes"; en la Constitución española, que prohíbe expresamente esas mismas prácticas, y en los acuerdos internacionales ratificados por España e incorporados al derecho interno español.

La condena al entonces teniente de la Guardia Civil Fidel del Hoyo Cepeda es la misma que solicitaba el ministerio fiscal.

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