Cartas al director

Objetores, y ahora, ¿qué?

Conocida la reciente sentencia del Tribunal Constitucional, desestimando el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Defensor del Pueblo contra la ley que regula el derecho fundamental a la objeción de conciencia al servicio militar, se abre ahora un grave interrogante.Una gran parte de los casi 25.000 objetores españoles van a negarse a realizar la prestación social sustitutoria (PSS). La ley es muy clara en este sentido: esta actitud está castigada con una pena que puede llegar hasta los seis años de prisión.

¿Ha previsto la Administración qué hacer con semejante avalancha de...

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Conocida la reciente sentencia del Tribunal Constitucional, desestimando el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Defensor del Pueblo contra la ley que regula el derecho fundamental a la objeción de conciencia al servicio militar, se abre ahora un grave interrogante.Una gran parte de los casi 25.000 objetores españoles van a negarse a realizar la prestación social sustitutoria (PSS). La ley es muy clara en este sentido: esta actitud está castigada con una pena que puede llegar hasta los seis años de prisión.

¿Ha previsto la Administración qué hacer con semejante avalancha de delincuentes que se le viene encima? ¿Se proyecta, acaso, una masiva construcción de cárceles para albergarlos? ¿0 bastará quizá el castigo de unos pocos para que el resto se avenga a realizar una PSS descaradamente discriminatoria con respecto a aquellos, los más, que optaron por el servicio militar?

Mucho nos tememos que ni los propios poderes públicos puedan contestar estos interrogantes. De ahí la injustificable demora en la aplicación de la normativa reguladora de la objeción de conciencia.-

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