Los niños españoles podrán llevar como primer apellido el de la madre

Los niños españoles podrán llevar el apellido de sus respectivas madres en primer lugar, de acuerdo con el proyecto de reforma del Código Civil que el Ministerio de Justicia está elaborando. Con ello, los niños se equipararán a los mayores de edad, para quienes, según señaló el director general de los Registros y del Notariado, Mariano Martín Rosado, esta posibilidad existe ya en el artículo 109 del Código Civil, desde la reforma de 1981.Si prospera el proyecto, la decisión de invertir el orden de los apellidos deberán adoptarla los padres desde el nacimiento de sus hijos y se aplicará, por ig...

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Los niños españoles podrán llevar el apellido de sus respectivas madres en primer lugar, de acuerdo con el proyecto de reforma del Código Civil que el Ministerio de Justicia está elaborando. Con ello, los niños se equipararán a los mayores de edad, para quienes, según señaló el director general de los Registros y del Notariado, Mariano Martín Rosado, esta posibilidad existe ya en el artículo 109 del Código Civil, desde la reforma de 1981.Si prospera el proyecto, la decisión de invertir el orden de los apellidos deberán adoptarla los padres desde el nacimiento de sus hijos y se aplicará, por igual, a todos ellos. La iniciativa de que el orden de los apellidos pueda invertirse desde el momento del nacimiento procede del Instituto de la Mujer, que pretende eliminar de la legislación la discriminación que sufre la mujer.

Otras medidas propuestas por el mismo organismo fueron calificadas como "bastante delicadas" por Martín Rosado. Entre ellas figura la de establecer que se pueda llegar al divorcio por simple acuerdo, sin que tenga que transcurrir un año desde la separación, propuesta "polémica", según el director general. Otra iniciativa es la creación de un fondo de garantía de pensiones y alimentos para esposas e hijos, que Martín Rosado consideró "una fuente de fraude".

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