Los tribunales no aplican el principio de libertad de Prensa, según Muñoz Machado

Los tribunales españoles están aplicando la protección al honor frente a los periodistas sin tener en cuenta los principios constitucionales de la libertad de Prensa, según afirmó el catedrático de Derecho Administrativo de la universidad Autónoma de Madrid Santiago Muñoz Machado en el curso sobre Derecho y sociedad, que será clausurado hoy en Badajoz por el subsecretario de Justicia, Liborio Hierro.

Muñoz Machado aseguró que al margen de las invocaciones retóricas, que los magistrados hacen de la, libertad de expresión, "falta una construcción jurídica sobre las consecuencias prácticas...

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Los tribunales españoles están aplicando la protección al honor frente a los periodistas sin tener en cuenta los principios constitucionales de la libertad de Prensa, según afirmó el catedrático de Derecho Administrativo de la universidad Autónoma de Madrid Santiago Muñoz Machado en el curso sobre Derecho y sociedad, que será clausurado hoy en Badajoz por el subsecretario de Justicia, Liborio Hierro.

Muñoz Machado aseguró que al margen de las invocaciones retóricas, que los magistrados hacen de la, libertad de expresión, "falta una construcción jurídica sobre las consecuencias prácticas del núcleo inabatible de la libertad y el derecho a la información". En el análisis que el profesor Muñoz Machado realizó de la jurisprudencia española en los procesos sobre protección penal y civil al honor, resaltó que "el Tribunal Supremo presupone el ánimo de injuriar de los periodistas", condena con independencia de que los hechos sobre los que se informa sean ciertos y de interés público, y en general "da prioridad al principio de autoridad sobre la verdad".Muñoz Machado destacó que esta posición tradicional de nuestra jurisprudencia no ha sido modificada todavía a pesar de la entrada en vigor de la Constitución. Señaló que el propio Tribunal Constitucional no ha sabido de "una hermosa invocación de la libertad de Prensa, aunque espero", dijo, "que antes de dos años el alto tribunal realizará una interpretación que extraigia consecuencias jurídicas concretas".

Entre la doctrina más avanzada destacó la jurisprudencia de Estalos Unidos, en donde son los servidores públicos los que tienen que demostrar la malicia efectiva de los periodistas que les critican y la del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, para el que el periodista no tiene que demostrar la veracidad de la información si conista su actitud profesionalmente honesta al divulgarla.

Honor y conciencia individual

El profesor Muñoz Machado aseguró que la protección al honor no alcanza a las personas jurídicas ni a los grupos, ya que "el honor", dijo, "es un atributo individual". En igual línea, expresó su sorpresa ante una afirmación reciente según la cual las empresas periodísticas deberían aplicar a cláusula de conciencia a los periodistas que cambien de ideología. "Además eso sería", afirmó, "distorsionar la ley y utilizarla para un fin atípico".Preguntado sobre la proyectada regulación del secreto profesional, que impone la revelación de las fuentes al juez, Muñoz Machado insistió en que si este precepto es cierto significará un nuevo recorte a la libertad de Prensa y "continuaríamos sin obtener una regulación acorde con la configuración constitucional del derecho a la información".

Dos catedráticos de Derecho Penal intervinieron también en la misma jornada: José Manuel Gómez, Benítez, que ejerció de acusador particular en el juicio de la colza, y Lorenzo Morillas. Éste último propugnó la urgente regulación de las lesiones en las intervenciones médico-quirúrgicas en el Código Penal para dar la adecuada relevancia al consentimiento libremente prestado por los interesados.

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