Procesado el principal implicado en el 'caso Brouard'

La Audiencia de Bilbao ha confirmado el procesamiento de Juan José Rodríguez Díaz, el francés, como presunto cooperador necesario en el asesinato del dirigente de Herri Batasuna Santiago Brouard, perpetrado el 20 de noviembre de 1984. La sala, en un auto fechado ayer, desestima el recurso de apelación, confirma la situación de prisión provisional sin fianza y considera -que durante la instrucción del sumario no se ha producido indefensión de Rodríguez Díaz, sobre quien existen indicios racionales de que proporcionó y manipuló las armas empleadas por los asesinos consciente de que serían...

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La Audiencia de Bilbao ha confirmado el procesamiento de Juan José Rodríguez Díaz, el francés, como presunto cooperador necesario en el asesinato del dirigente de Herri Batasuna Santiago Brouard, perpetrado el 20 de noviembre de 1984. La sala, en un auto fechado ayer, desestima el recurso de apelación, confirma la situación de prisión provisional sin fianza y considera -que durante la instrucción del sumario no se ha producido indefensión de Rodríguez Díaz, sobre quien existen indicios racionales de que proporcionó y manipuló las armas empleadas por los asesinos consciente de que serían utilizadas "en un acto contra la vida o integridad personal".El Francés es un experto traficante de armas, según reconoció su abogado, José Emilio Rodríguez Menéndez el pasado martes en Bilbao. En el sumario del caso Brouard está acusado de proporcionar a Alberto Granados Céspedes, a petición de éste, la carabina Army Jaegger y la pistola Lathi que fueron abandonadas en su huída por los dos hombres que dispararon contra el dirigente abertzale.

El auto valora los conocimientos especializados sobre armas del procesado y destaca claros indicios de identidad entre las que vendió a Granados y las empleadas contra Brouard, en especial el reconocimiento del propio Rodríguez Díaz. El Francés manifestó ante el juez que la carabina y la pistola eran suyas

Utilización de las armas

La sala estima, además, que algunas modificaciones introducidas en las armas por el procesado y el hecho de que proporcionara a Granados dos silenciadores revelan que conocía su utilización previsible. Con las características apuntadas, añade el auto, las armas cobraban una especial utilidad en atentados contra la vida o integridad de las personas, por lo que es correcto reputar al procesado "partícipe" del hecho delictivo para el que fueron empleadas.La Audiencia rechaza también la indefensión alegada por el abogado Rodríguez Menéndez y argumenta que El Francés prestó declaración y efectuó el reconocimiento de la carabina y la pistola cuando había sido citado como mero testigo, sin asistencia letrada, mientras que después de haber sido inculpado declaró tras ser instruido de sus derechos y con asistencia de su defensor.

El representante de la acusación particular, Txema Montero, declaró ayer que la decisión de la Audiencia "deja abierta la puerta para la instrucción del sumario y permitirá proseguir la investigación".

José Emilio Rodríguez Menéndez, por su parte, manifestó desde Madrid que tiene la intención de recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional porque considera que se ha producido una vulneración de derechos fundamentales de su cliente, al haber prestado declaración sin asistencia letrada. El defensor, que no había recibido aún el auto de la Audiencia de Bilbao, anunció también que estudiará la posibilidad de solicitar el traslado de la instrucción del caso a la Audiencia Nacional.

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