Los semestres para calcular las pagas extras comenzarán el 1 de diciembre

Para el cálculo de las pagas extraordinarias, el año se entenderá divido en dos semestres, del 1 de diciembre al 31 de mayo, y del 1 de junio al 30 de noviembre, según una orden de Economía y Hacienda de fecha 3 de junio, publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado.

Cuando los períodos a calcular sean inferiores a seis meses, cada mes natural completo se computará como un sexto y cada día por un ciento ochentavo....

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Para el cálculo de las pagas extraordinarias, el año se entenderá divido en dos semestres, del 1 de diciembre al 31 de mayo, y del 1 de junio al 30 de noviembre, según una orden de Economía y Hacienda de fecha 3 de junio, publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado.

Cuando los períodos a calcular sean inferiores a seis meses, cada mes natural completo se computará como un sexto y cada día por un ciento ochentavo.

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