El laudo sobre Tierras de Almería declara nula la operación de compraventa efectuada en julio de 1985

Santiago Foncillas, árbitro único del contencioso Quash-Tierras de Almería, hizo ayer en Barcelona entrega formal ante notario del laudo que el pasado 2 de julio le fue solicitado por el Banco Español de Crédito, la Banca Garriga Nogués y las sociedades Uranian Business, SA, y Dawn Investment BV. El laudo declara la nulidad e inexistencia de la compra de las acciones de Quash, SA, por la sociedad Uranian Business a las sociedades de la Banca Garriga Nogués, así como la posterior venta por aquélla a Dawn Investment BV, y declara también nulos e inexistentes todos los documentos de pago y garant...

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Santiago Foncillas, árbitro único del contencioso Quash-Tierras de Almería, hizo ayer en Barcelona entrega formal ante notario del laudo que el pasado 2 de julio le fue solicitado por el Banco Español de Crédito, la Banca Garriga Nogués y las sociedades Uranian Business, SA, y Dawn Investment BV. El laudo declara la nulidad e inexistencia de la compra de las acciones de Quash, SA, por la sociedad Uranian Business a las sociedades de la Banca Garriga Nogués, así como la posterior venta por aquélla a Dawn Investment BV, y declara también nulos e inexistentes todos los documentos de pago y garantía que complementaron la operación de compraventa.

Como consecuencia de todo ello, el laudo declara que corresponde la reposición de las cosas al momento anterior a la inversión referida. Por tanto, Garriga Nogués deberá devolver a Uranian Business las cantidades invertida en la operación, por un importe de 19.220.345 dólares -casi 3.230 millones de pesetas al cambio medio de julio de 1985- y la restitución por Uranian a Dawn de las cantidades que le corresponden y que quedaron establecidas en 10.860.000 dólares por acuerdo entre las partes. Se trata de las cantidades exactas que fueron aportadas por las dos sociedades inversoras en Quash.El árbitro declara que no ha lugar a restitución a Uranian ni a Dawn de cantidad alguna por pago de intereses, diferencias de cambio, quebranto o cualquier otra reclamación formal de ninguna clase que pudieran efectuar en el futuro.

Cada parte correrá con los gastos correspondientes en que hubieran incurrido como consecuencia de la formalización de los contratos, pagos fiscales, impuestos, abogados, etcétera. Las partes, por otro lado, acordaron abonar entre todos la propia minuta del árbitro.

Santiago Foncillas entregó ayer la copia original firmada del laudo, que será protocolarizada por el notario, quien ha citado el próximo lunes a las partes para proceder a la lectura completa del mismo, que debe por tanto considerarse formalmente cerrado hasta el día 14 del corriente.

Revés para Banesto

El fallo, por más que sus términos esenciales estuvieran previamente acordados por las partes, viene a suponer un revés adicional para el Banco Español de Crédito actualmente volcado en distintos frentes. Banesto, sin embargo, se ha visto favorecido por la actual relación de cambio peseta/dólar, ya que las devoluciones a ambas sociedades deberán efectuarse en la divisa norteamericana. En julio del pasado año, el dólar cotizó a un cambio medio de 168,20 pesetas, mientras que la relación actual está establecida en torno a las 138 pesetas/dólar.Ambas sociedades han anunciado su intención de proceder de inmediato con la documentación oportuna ante la Dirección General de Transacciones Exteriores, para que autorice la salida de las divisas mencionadas.

La venta de Quash-Tierras de Almería se formalizó en julio del pasado año en una operación que fue calificada como la mayor inversión extranjera del año. David Grebler, un joven ejecutivo de 33 años, residente en Barcelona y amigo de Javier de la Rosa (vicepresidente y consejero delegado de la Garriga Nogués), ligado al banco holandés Amro Bank, compró a través de la sociedad suizo-panameña Uranian Business, el 85% de las acciones de Quash, SA, que eran propiedad de un conjunto de sociedades instrumentales de la Garriga Nogués, por un importe de 506 millones de florines holandeses (unos 25.000 millones de pesetas).

La operación, en una segunda parte, consistía en la venta del 40% del paquete del 85% previamente en manos de Uranian a la sociedad holandesa Dawn Investments BV, filial del grupo árabe Al Baraka Investment & Development Co., que preside el sheik Saleh Kamel y en el que participan varios bancos saudíes. La operación se instrumentó con el pago al contado de las sumas citadas y la extensión de pagarés por la cifra aplazada.

La venta parecía en principio una brillante operación de Javier de la Rosa. Sin embargo, cuando los compradores estudiaron a fondo tal operación se encontraron, a los pocos meses, con la realidad de una inversión que distaba mucho de producir las rentabilidades prometidas.

Ante ello, De la Rosa se vio obligado a otorgar a ambas sociedades un documento notarial por el que éstas podían retrotraer la operación si no se alcanzaban determinados objetivos. Ha sido al final este documento el que ha permitido a las sociedades extranjeras a plegar velas y despedirse de Almería.

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