El Tribunal Constitucional anula un decreto de servicios mínimos del "metro"

La sala segunda del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de amparo promovido por el comité de empresa de la Compañía Metropolitano contra la orden ministerial del 17 de febrero de 1984 que decretaba los servicios mínimos del metro. La sentencia declara la nulidad de la orden ministerial por contravenir el artículo 28.2 de la Constitución.

El comité de empresa interpuso en su día un recurso contencioso administrativo contra la orden ministerial, que fue aceptado por la Audiencia Nacional, pero el Tibunal Supremo revocó posteriormente la sentencia. La Audiencia, Nacional ...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

La sala segunda del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de amparo promovido por el comité de empresa de la Compañía Metropolitano contra la orden ministerial del 17 de febrero de 1984 que decretaba los servicios mínimos del metro. La sentencia declara la nulidad de la orden ministerial por contravenir el artículo 28.2 de la Constitución.

El comité de empresa interpuso en su día un recurso contencioso administrativo contra la orden ministerial, que fue aceptado por la Audiencia Nacional, pero el Tibunal Supremo revocó posteriormente la sentencia. La Audiencia, Nacional dictó otra sentencia el pasado 5 de marzo en contra de los servicios mínimos decretados en el metro con motivo de la huelga convocada el 20 de junio de 1985.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Archivado En