El Supremo estudió ayer el recurso de los dos shiíes

La Sala Segunda del Tribunal Supremo estudió ayer el recurso de casación que interpusieron los shiíes Mohamed Rahal y Mustafá Jalil contra la sentencia de la Audiencia Nacional que condenaba a cada uno de ellos a 23 años de cárcel por el intento de asesinato, en septiembre de 1984, de un funcionario de la Embajada libia en España. La confirmación de la sentencia por el alto tribunal convertiría la condena en firme, uno de los requisitos necesarios para iniciar el expediente de indulto.

La vista del recurso de casación, justamente al día siguiente de la liberación del geo y lo...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

La Sala Segunda del Tribunal Supremo estudió ayer el recurso de casación que interpusieron los shiíes Mohamed Rahal y Mustafá Jalil contra la sentencia de la Audiencia Nacional que condenaba a cada uno de ellos a 23 años de cárcel por el intento de asesinato, en septiembre de 1984, de un funcionario de la Embajada libia en España. La confirmación de la sentencia por el alto tribunal convertiría la condena en firme, uno de los requisitos necesarios para iniciar el expediente de indulto.

La vista del recurso de casación, justamente al día siguiente de la liberación del geo y los dos funcionarios de la Embajada española en Beirut, fue atribuida en fuentes jurídicas a una casualidad, ya que el señalamiento es taba fijado desde hacía unos dos .meses. Las mismas fuentes hicieron notar la ausencia de periodistas en la vista en contraste con el gran número de los que acudieron al juicio en la Audiencia Nacional- y el hecho de que no asistiera del ahogado de los recurrentes, Juan Manuel Olarieta Alberdi, y relacionaron ambos hechos con la existencia de una negociación con las autoridades españolas para la liberación de los dos shiíes.

Más información

Tanto el fiscal como el acusador particular en nombre de la Embajada libia, Fernando Salas, solicitaron la confirmación de la sentencia condenatoria, de la que fue ponente el actual presidente de la Audiencia Nacional, Gonzalo de la Concha. Salas manifestó que la sentencia es ajustada a derecho y que no debían entremezclarse las resoluciones jurídicas con las negociaciones políticas. Aseguró que de los posibles acuerdos políticos alcanzados no tenían noticia la Embajada libia ni la Audiencia Nacional.

La ausencia del abogado de los recurrentes no lleva consigo la suspensión de la vista en casación. De ahí que el acto se celebrara y que ahora corresponda, que los magistrados de la sala estudien el recurso, fundamentado en quebrantamiento de forma e infracción de ley.

Si el fallo del alto tribunal rechaza el recurso y confirma la sentencia condenatoria, ésta adquirirá firmeza, paso previo al expediente de indulto, eventualidad que no confirmaron las fuentes del Ministerio de Justicia.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Sobre la posibilidad de que los dos shiíes cumplan su condena en Beirut, fuentes jurídicas señalaron que ello exigiría un tratado entre Líbano y España que ahora no existe.

Archivado En