TRIBUNALES

Absuelto de desacato el abogado que llamó "reaccionario" a un juez por una sentencia

El abogado Carlos Carrasco-Muñoz ha resultado absuelto por la Audiencia Provincial de Burgos de un presunto delito de desacato por el que el fiscal, en el juicio celebrado el pasado día 19, solicitaba un año de prisión. Al acusado se le imputaba el haber llamado "reaccionario" a un juez, primo segundo suyo, a quien escribió una carta en la que manifestaba su discrepancia con una sentencia dictada por éste contra varios vecinos de Pinillos de Esgueva (Burgos), un pequeño pueblo burgalés que mantiene un largo contencioso con una familia de terratenientes por la posesión de unas tierras.
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El abogado Carlos Carrasco-Muñoz ha resultado absuelto por la Audiencia Provincial de Burgos de un presunto delito de desacato por el que el fiscal, en el juicio celebrado el pasado día 19, solicitaba un año de prisión. Al acusado se le imputaba el haber llamado "reaccionario" a un juez, primo segundo suyo, a quien escribió una carta en la que manifestaba su discrepancia con una sentencia dictada por éste contra varios vecinos de Pinillos de Esgueva (Burgos), un pequeño pueblo burgalés que mantiene un largo contencioso con una familia de terratenientes por la posesión de unas tierras.

La carta, que iba encabezada con las frases "querido pariente: un deber ineludible de justicia me mueve a ponerte estas líneas", decía entre otras cosas que "en la sentencia que has dictado en estos días te has equivocado de parte a parte". Tanto esta carta, como el contenido de la posterior declaración de Carrasco-Muñoz ante el juzgado que llevaba el sumario, en la que calificaba al juez, Juan Miguel Esteve, de "reaccionario", no han sido consideradas por la Audiencia de. Burgos como materia constitutiva de delito de desacato, por no concurrir los requisitos necesarios.

La sentencia señala que aunque la carta parezca redactada en términos incorrectos, ni en el supuesto enjuiciado ni en la conducta del acusado es posible encontrar el elemento fundamental de un delito de desacato, que consiste en el deliberado propósito de agraviar, inj uriar o despreciar a quien encarna el principio de autoridad.

Esta ausencia de intención injuriosa hacia la persona del juez queda patente, según la sentencia, en un párrafo de la carta en cuestión en la que Carlos Carrasco eseribe a su pariente: "Desde luego y por encima de todo está tu honestidad". El tribunal recuerda que el abogado expresaba también en su carta su deseo de conocer persorialmente al juez, algo que dificilmente puede comprenderse, según la sentencia, si el ánimo inspirador (le la carta fuese injurioso.

Asesor de los vecinos

Respecto a la segunda acusación, relacionada con la convocatoria (le una conferencia de prensa en Pinillos de Esgueva, donde los vecinos mostraron su discrepancia con la sentencia dictada por el juez Juan Miguel Esteve, la Audiencia de Burgos señala que el procesado intervino en su preparación y celebración, dentro de las funciones de asesoramiento jurídico que venía prestando.Los hechos que condujeron a este proceso a Carlos Carrasco-Muñoz tienen su origen en el conflicto que desde hace años mantienen los vecinos de Pinillos con una familia de terratenientes, los Larrea, por la posesión de 329 hectáreas de terreno. En la conferencia de prensa citada, los vecinos de Pinillos expresaron su indignación por la condena de que habían sido objeto varios de ellos, a pesar de que, cuando el 24 de febrero de 1979, se dirigieron a la finca que araban los Larrea para recordarles un compromiso contraido ante el gobernador civil de Burgos, fueron recibidos a tiros, como consecuencia de lo cual 11 de ellos resultaron heridos.

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