El mandato local

La ley portuguesa fija en tres años la duración del mandato de los Ayuntamientos y otros órganos de la Administración local, y, salvo raras excepciones, los autarcas -según la curiosa terminología lusa- han cumplido estos mandatos hasta el final, lo que constituye en sí una prueba de la opinión muy divulgada sobre la buena imagen y el prestigio de estas instituciones.Cada elector depositó ayer en las urnas tres papeletas diferentes, ya que se votó simultáneamente para tres órganos: la Cámara (Ayuntamiento), la Asamblea Municipal y la Junta de Freguesía (esta última pertenece a la más pe...

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La ley portuguesa fija en tres años la duración del mandato de los Ayuntamientos y otros órganos de la Administración local, y, salvo raras excepciones, los autarcas -según la curiosa terminología lusa- han cumplido estos mandatos hasta el final, lo que constituye en sí una prueba de la opinión muy divulgada sobre la buena imagen y el prestigio de estas instituciones.Cada elector depositó ayer en las urnas tres papeletas diferentes, ya que se votó simultáneamente para tres órganos: la Cámara (Ayuntamiento), la Asamblea Municipal y la Junta de Freguesía (esta última pertenece a la más pequeña subdivisión administrativa lusa, que corresponde a un barrio de las capitales o a un pueblo de las zonas rurales). Para los tres escrutinios se aplica el sistema proporcional D'Hondt.

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El alcalde es el presidente de la Cámara Municipal, o sea, el cabeza de lista que obtuvo el mayor número de votos, pero el Ejecutivo municipal se constituye normalmente con representantes de unos cuatro partidos, lo que obliga a delicados equilibrios para conseguir una mayoría.

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