Editorial:

Una victoria de la libertad

LA SENTENCIA que desestima la demanda interpuesta por el ministro del Interior contra el director y la empresa editora de EL PAÍS constituye una victoria de la libertad de prensa frente a los intentos del poder político de restringir el ejercicio de los derechos a la información y a la opinión. La decisión del magistrado González Aparicio -cuya modélica forma de conducir el proceso contrasta con la actuación del ministerio fiscal- puede contribuir decisivamente a clarificar los equívocos -inocentes en algunos casos, maliciosos en otros- suscitados por la entrada en vigor de la ley orgánica de ...

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LA SENTENCIA que desestima la demanda interpuesta por el ministro del Interior contra el director y la empresa editora de EL PAÍS constituye una victoria de la libertad de prensa frente a los intentos del poder político de restringir el ejercicio de los derechos a la información y a la opinión. La decisión del magistrado González Aparicio -cuya modélica forma de conducir el proceso contrasta con la actuación del ministerio fiscal- puede contribuir decisivamente a clarificar los equívocos -inocentes en algunos casos, maliciosos en otros- suscitados por la entrada en vigor de la ley orgánica de Protección al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.Aunque esta norma fue promulgada para dar cumplimiento al mandato constitucional que ampara a los ciudadanos frente a las intromisiones en su vida privada, una práctica viciosa -a la que no son ajenos algunos asesores jurídicos, entre otros los de José Barrionuevo- ha conducido a resultados tan absurdos como que un ministro socialista haya utilizado esa ley para pedir una cuantiosa indemnización económica a un periódico o que presuntos delincuentes y personas procesadas invoquen su articulado para reclamar, también, pingües sumas a los medios de comunicación. Los efectos perversos de la ley, cuyo espíritu (la protección de la intimidad frente a los excesos de la Prensa) ha sido burlado en ocasiones por leguleyos deseosos de complacer a sus clientes, alcanzaron también a dos diputados socialistas, llevados ante los tribunales para responder de supuestas infracciones contra el honor de terceros. Los parlamentarios, en vez de modificar esa norma para delimitar inequívocamente su alcance, optaron por escapar de su ámbito de aplicación, mediante una ley orgánica, auténtico monumento al corporativismo parlamentario, que amplía los beneficios de la inviolabilidad e inmunidad parlamentarias desde la esfera penal al ámbito civil.

La sentencia del magistrado González Aparicio confirma que los textos de EL PAÍS en que se basaba la demanda desestimada "se dirigían de forma clara y explícita al ministro del Interior o al Sr. Barrionuevo como titular del departamento, y no a la persona del actor, aunque algunas veces se mencione su nombre dentro de un contexto más amplio referido al mismo como ministro y responsable máximo de los servicios de Seguridad Nacional". La peregrina idea de que los editoriales o las informaciones de EL PAÍS sobre la política de orden público del Gobierno socialista pudieran haber estado animados por "un obsesivo afán difamatorio" contra el ciudadano José Barrionuevo habría movido a la sonrisa, de no hallarse al servicio de una estrategia de intimidación a la libertad de expresión. Porque la situación procesal creada por Barrionuevo con su demanda contra EL PAÍS, acusado entre otras cosas de "atentar contra los pilares de nuestro sistema democrático" y de tener una "desorbitada afición por el libelo", desempeñaba la función latente de intentar amordazar las informaciones y las críticas de este periódico sobre la política y el funcionamiento del Ministerio del Interior.

La acción judicial apuntaba también a desprestigiar y a desautorizar las noticias y las opiniones de este periódico. Al afirmar que la línea informativa y editorial de EL PAÍS sobre asuntos de orden público está dictada por una "incontenible animosidad contra la persona del señor Barrionuevo" y un "premeditado y obsesivo afán difamatario" dictado por "la arbitrariedad más pura", el ministro del Interior intentaba descalificar cualquier crítica a su gestión o cualquier noticia molesta para su política, endosadas a una siniestra conjura contra su persona. El intento ha fracasado.

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Es importante señalar que el juez, al admitir la excepción de incompetencia alegada por la defensa de EL PAÍS, confirma que la ley de protección del derecho al honor no puede ser esgrimida cuando los hechos justificadores de la demanda -en este caso, la línea informativa y editorial de un periódico, supuestamente orientada a la difamación del titular de la cartera de Interior- pudieran ser constitutivos de delito. La sentencia señala que si unos supuestos ataques al honor estuviesen tipificados como delitos, "su protección habrá de realizarse a través de los procedimientos y jurisdicción penal por tener carácter preferente sobre los de orden civil". Pero en el caso de la demanda interpuesta por Barrionuevo esa preferencia de la jurisdicción penal era, además, "de derecho necesario y no dispositivo", ya que el objeto de una eventual acción judicial no sería un delito privado sino un delito perseguible de oficio. Insiste la sentencia en que el presunto ofendido por un delito perseguible de oficio "no puede elegir una u otra vía procesal para solicitar la protección de su derecho al honor, sino que, con arreglo a la disposición orgánica, ha de acudir necesariamente al orden preferente de la jurisdicción penal". La decisión del juez encaja por completo con las alegaciones de los abogados de EL PAÍS, con la técnica jurídica más elemental y con el propio sentido común. Puede uno preguntarse qué clase de asesores legales tiene el Gobierno, y dentro de éste el Ministerio del Interior.

Queda clausurado, así, un episodio puesto en marcha por un Gobierno hipersensible ante las críticas y por la irrefrenable tendencia de cualquier poder a cercenar, hipotecar o condicionar la libertad de prensa. No creemos, sin embargo, que el error cometido por el ministro del Interior con su demanda contra EL PAÍS sea una excepción en su carrera ni resulte comparable con otras equivocaciones, mucho más graves y cargadas de consecuencias, de su departamento. José Barrionuevo puede tranquilizarse, en cambio, sobre su futuro político. Al parecer, nada hay que garantice con mayor eficacia la continuidad en este Gobierno que las críticas de la sociedad dirigidas contra la deficiente gestión de uno de sus miembros. La crisis ayer abierta por Felipe González no debe preocupar a un ministro que ha batido todas las marcas de rechazo por los órganos de opinión pública que no se alinean con la oposición conservadora al Gobierno socialista.

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