Procesada la recaudadora ejecutiva municipal por presunta prevaricación

El titular del Juzgado de Instrucción número 25 de Madrid, Juan Esteve Moreno, ha dictado auto de procesamiento contra la recaudadora ejecutiva del Ayuntamiento de Madrid, Isabel Cuesta, por un delito de presunta prevaricación. Según el auto de procesamiento, el motivo ha sido la supuesta negativa de la recaudadora a entregar una documentación al querellante, un conductor, a quien la grúa le había retirado el coche, que quería comprobar si el Ayuntamiento había dado orden de que varias multas que tenía pendientes se cobraran por la vía ejecutiva.La grúa municipal retiró el coche del demandante...

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El titular del Juzgado de Instrucción número 25 de Madrid, Juan Esteve Moreno, ha dictado auto de procesamiento contra la recaudadora ejecutiva del Ayuntamiento de Madrid, Isabel Cuesta, por un delito de presunta prevaricación. Según el auto de procesamiento, el motivo ha sido la supuesta negativa de la recaudadora a entregar una documentación al querellante, un conductor, a quien la grúa le había retirado el coche, que quería comprobar si el Ayuntamiento había dado orden de que varias multas que tenía pendientes se cobraran por la vía ejecutiva.La grúa municipal retiró el coche del demandante, Juan Pérez Almazán, abogado, el 16 de mayo de 1984. Cuando el abogado acudió al depósito para recuperar su vehículo, le exigieron previamente el pago de 136.000 pesetas, en concepto de varias multas impagadas. El abogado se negó a pagar sin los correspondientes justificantes que de mostraran que se trataba de multas propias y legalmente tramitadas. El vehículo, un Seat 131, sigue en el depósito.

Pérez Almazán presentó una querella por supuesta prevaricación contra la recaudadora ejecutiva pues ésta se negó a enseñarle la certificación de descubierto o título que da el Ayuntamiento para legitimar a la oficina ejecutiva en su actuación.

Según Inmaculada González de Lara, abogada de la procesada, ésta no entregó la certificación pues no obraba en el expediente que ella instruye sino en el del Ayuntamiento, por lo que sólo el secretario municipal puede facilitarla, tal como hará constar en los recursos.

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