El Supremo confirma la pena de 38 años de reclusión a una mujer que mató a una niña

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que condenó a 38 años de reclusión a Luisa Cunill, de 36 años, por el secuestro y asesinato de la niña de 11 meses Ana María Puerto en Canovelles (Barcelona), el 16 de abril de 1981.

El Supremo ha ratificado las penas de 14 años, 8 meses y 1 día por delito de detención ilegal con las agravantes de premeditación y eje cución del hecho en la morada del ofendido, y de 23 años y 4 meses por asesinato. El alto Tribunal ha confirmado también la indemniza ción de cinco millones de peseta...

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La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que condenó a 38 años de reclusión a Luisa Cunill, de 36 años, por el secuestro y asesinato de la niña de 11 meses Ana María Puerto en Canovelles (Barcelona), el 16 de abril de 1981.

El Supremo ha ratificado las penas de 14 años, 8 meses y 1 día por delito de detención ilegal con las agravantes de premeditación y eje cución del hecho en la morada del ofendido, y de 23 años y 4 meses por asesinato. El alto Tribunal ha confirmado también la indemniza ción de cinco millones de pesetas para los padres de la niña fallecida, que había sido fijada por la Audiencia de Barcelona, aunque Luisa Cunill es insolvente.

El 16 de abril de 1981, día de Jueves Santo, Luisa Cunill, entró en el domicilio de los Puerto, a los que había sustraído unas llaves, y aprovechando que la madre estaba tendiendo la ropa en un cobertizo, cogió a la niña, que estaba dormida, y se la llevó a su librería. Allí la niña empezó a llorar, y temiendo ser descubierta le puso un trapo en la boca y la estranguló con una madeja de lana. Posteriormente, pidió rescate a los padres en varias ocasiones.

El recurso de Luisa Cunill, presentado por quebrantamiento de forma e infracción de ley, ha sido rechazado en su totalidad. Los motivos relativos a la forma han sido calificados por el Tribunal de "impertinentes", porque no podían influir en el juicio "después de la abundantísima prueba inculpatoria sobre la responsabilidad directa" de Luisa Cunill.

El defensor argumentó la inexistencia de delito de detención ilegal, ya que la niña fue estrangulada la misma tarde en que fue secuestrada, pero el Supremo ha desestimado esa petición.

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