La reordenación del monopolio de petróleos puede ser recurrida por anticonstitucional, según expertos jurídicos

El proceso de desmonopolización de la Compañía Arrendataria del Monopolio de Petróleos, SA (Campsa), puede ser objeto de un recurso de anticonstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, en base a la supuesta inadecuación del mismo al artículo 38 del texto magno del Estado, según un estudio jurídico elaborado al respecto. Por otro lado, las multinacionales del sector, principales afectadas por la creación de la denominada nueva Campsa, parecen depositar todas sus esperanzas futuras de actuación en el mercado español al fallo que en su día puedan dictaminar los órganos competentes de la Com...

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El proceso de desmonopolización de la Compañía Arrendataria del Monopolio de Petróleos, SA (Campsa), puede ser objeto de un recurso de anticonstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, en base a la supuesta inadecuación del mismo al artículo 38 del texto magno del Estado, según un estudio jurídico elaborado al respecto. Por otro lado, las multinacionales del sector, principales afectadas por la creación de la denominada nueva Campsa, parecen depositar todas sus esperanzas futuras de actuación en el mercado español al fallo que en su día puedan dictaminar los órganos competentes de la Comunidad Económica Europea (CEE) sobre la situación jurídica definitiva en que quedará el actual, monopolio español de petróleos.

El conocimiento público del estudio jurídico sobre la dudosa constitucionalidad de la adaptación del monopolio de petróleos coincide en el tiempo con la entrada en la recta final de las negociaciones que se desarrollan estos días para culminar el proceso de desmonopolización de Campsa. El equipo técnico del Ministerio de Industria y Energía, junto a su titular, espera acabar el mes de junio con el proyecto definitivo de creación de la nueva sociedad de distribución terminado y cumplir así el espíritu y la letra del protocolo que firmaron el pasado verano el propio ministerio y las seis empresas españolas de refino.El estudio mencionado, titulado La situación jurídica del monopolio de petróleos, ha sido elaborado por el abogado Mario Miranda en función del interés inicial mostrado por algunos sectores en relación al aspecto legal del proceso de reordenación de Campsa. El punto central del estudio es que el monopolio de petróleos, tal como está hoy regulado a la luz del decreto ley de 28 de junio de 1927, modificado luego con fecha de 17 de junio de 1947, contradice los principios expresados en el título I, capítulo 38, de la Constitución de 1978, que garantiza la libertad de empresa. Asimismo añade que cualquier modificación de la actual situación jurídica del monopolio requeriría la promulgación necesaria de una ley que se adaptase al mencionado artículo 38 de la Constitución y a otros que garantizan su cumplimiento.

"El monopolio de petróleos", dicen las conclusiones del estudio, "supone, en definitiva, en el nuevo marco constitucional, una, fuerte distorsión del sistema económico instituido que es preciso justificar con fundamento legal, no sólo con la tradicional prevención a la competencia internacional. Por otra parte, si con la pretensión de entrar en la CEE la actual transformación de Campsa se va a reducir a una simple protección a la producción nacional, se haría el peor servicio al país, puesto que al final nos encontraríamos faltos de competitividad en un mercado donde los monopolios no tienen cabida o están condenados a desaparecer".

Según la tesis de Mario Miranda, la redacción final del artículo 38 de la Constitución consagra en España "el modelo económico de economía de mercado basado en la libre empresa", y aunque el mismo artículo contiene una serie de condicionamientos, "( ... ) de acuerdo a las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación", éstos "no deben en ningún caso llegar a invalidar la libertad empresarial". Para el autor del estudio, es dificil justificar, en aras del interés económico general, la creación de una sociedad como la nueva Campsa, que, en su opinión, supone la conversión "de un monopolio legal en un monopolio de facto".

Silencio de las multinacionales

Respecto a la actitud que las multinacionales puedan adoptar sobre la nueva sociedad, todo indica que su postura será de espera hasta que llegue el momento de analizar su definitivo ordenamiento jurídico a la luz de la legislación comunitaria sobre la libertad de competencia. Algunas empresas con presencia histórica en España han recibido instrucciones precisas de su casa matriz para mantener el más absoluto silencio hasta ese momento, dejando la iniciativa para el desarrollo de su estrategia a los más altos responsables de las compañías en el país de origen de éstas.

En este sentido, la reciente presencia en España de los presidentes de las compañías Shell y British Petroleum (BP), quizá las dos sociedades con mayor interés en estar presentes en el mercado español, se interpreta en medios del sector como un indicio de que las negociaciones con el Gobierno español se realizan al nivel más alto y en secreto. Fuentes del sector coinciden en señalar que este silencio puede basarse en la creencia de que se pueden obtener más ventajas con una estrategia de este tipo que con protestas públicas.

Es significativo, en este sentido, la continua y secreta adquisición de estaciones de servicio y puntos de venta por parte de algunas empresas extranjeras, realizada presuntamente a través de intermediarios, para asegurarse sus propios puntos de venta. Su estrategia parece coincidir en algunos puntos con la de las propias empresas privadas españolas, cuya defensa del libre abanderamiento de las estaciones de servicio ha llegado incluso al debate parlamentario en curso sobre el Plan Energético Nacional (PEN). Precisamente es el punto del abanderamiento de las estaciones de servicio el que, según algunos medios, podría poner en evidencia la firma del protocolo del pasado verano, forzando incluso a su modificación.

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