Cartas al director

En relación con el secuestro de un niño

EL PAIS publicó el domingo 13 de febrero de 1983 un artículo titulado Los vecinos de La Muela impiden que se lleven a Suiza al hijo de un emigrante. Conviene aportar algunas precisiones y rectificaciones sobre el asunto.Sebastián Gómez, originario de La Muela (provincia de Cádiz), se marchó a trabajar a La Chaux-de-Fonds (Suiza). Allí conoció a Danièle Emery, con quien se casó y tuvo un hijo, nacido el 26 de febrero de 1976. La mañana del domingo 24 de abril de 1977, Sebastián Gómez abandonó clandestinamente el domicilio conyugal, llevándose consigo al niño.

Cogió el tren para Gi...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

EL PAIS publicó el domingo 13 de febrero de 1983 un artículo titulado Los vecinos de La Muela impiden que se lleven a Suiza al hijo de un emigrante. Conviene aportar algunas precisiones y rectificaciones sobre el asunto.Sebastián Gómez, originario de La Muela (provincia de Cádiz), se marchó a trabajar a La Chaux-de-Fonds (Suiza). Allí conoció a Danièle Emery, con quien se casó y tuvo un hijo, nacido el 26 de febrero de 1976. La mañana del domingo 24 de abril de 1977, Sebastián Gómez abandonó clandestinamente el domicilio conyugal, llevándose consigo al niño.

Cogió el tren para Ginebra y luego el avión para España, adonde llega esa misma noche. Por supuesto, todos estos movimientos los había planeado de antemano.

La esposa presenta entonces una demanda ante el tribunal civil de La Chaux-de-Fonds. Sebastián Gómez dispone de todas las posibilidades para desarrollar su defensa, pero se limita a enviar una carta al tribunal diciendo, esencialmente, que el divorcio es la única solución posible y que la acepta, pero que se niega a entregar el niño a la madre.

Haz que tu opinión importe, no te pierdas nada.
SIGUE LEYENDO

El 16 de noviembre de 1977, el tribunal de La Chaux-de-Fonds pronuncia la separación de cuerpos, concede a la madre la patria potestad y la custodia de Stephane-Pedro, fija las pensiones legales para la madre y el niño y condena a las costas al marido. Sebastián Gómez no apela contra la sentencia. Por lo demás, nunca ha pagado un céntimo de las pensiones ni de las costas.

Danièle Gómez presenta entonces una demanda de separación de cuerpos ante el tribunal eclesiástico de Friburgo (Suiza). Este tribunal procede a una encuesta especialmente exhaustiva, y el 17 de agosto de 1978 pronuncia también la separación de cuerpos y atribuye el niño a su madre. De nuevo, Gómez no apela la sentencia.

La ejecución de la sentencia en España fue ordenada por el juez civil número 6 de Madrid, quien envió un exhorto al juez civil de Arcos de la Frontera. Pero este magistrado no pudo cumplir su misión ante la violenta oposición de los habitantes de La Muela, que amenazaban con agredirle a él y a sus acompañantes. La familia Gómez pretende que Danièle no se ocupaba debidamente de su hijo. Esto es completamente falso, pues las sentencias judiciales proclaman, por el contrario, que las acusaciones presentadas por Sebastián Gómez contra su esposa han demostrado ser inexactas. Así están las cosas. De este modo han sido burladas las decisiones de las autoridades civiles y eclesiásticas suizas y españolas, y sobre todo queda el sufrimiento de una madre que se ve privada de su hijo contra toda justicia. /

Abogado.

Archivado En