Editorial:

El cuarto aniversario del referéndum constitucional

EL DESEO de evitar que se sucedan, con una sola fecha de intervalo, dos días festivos ha sido probablemente la causa de que el aniversario del referéndum constitucional, situado en el calendario en la antevíspera de una conmemoración religiosa tradicional, tenga que celebrarse en jornada laboral. El especial calor que rodeó, el pasado año, el homenaje a la norma fundamental de la Monarquía parlamentaria tuvo sus orígenes inmediatos en las amenazas contra el ordenamiento constitucional que el golpe de Estado frustrado del 23 de febrero, con secuelas involucionistas tan graves como el...

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EL DESEO de evitar que se sucedan, con una sola fecha de intervalo, dos días festivos ha sido probablemente la causa de que el aniversario del referéndum constitucional, situado en el calendario en la antevíspera de una conmemoración religiosa tradicional, tenga que celebrarse en jornada laboral. El especial calor que rodeó, el pasado año, el homenaje a la norma fundamental de la Monarquía parlamentaria tuvo sus orígenes inmediatos en las amenazas contra el ordenamiento constitucional que el golpe de Estado frustrado del 23 de febrero, con secuelas involucionistas tan graves como el manifiesto de los cien, había dramáticamente situado en el primer plano de las preocupaciones colectivas. En 1982, la impresionante participación ciudadana del 28 de octubre y el espectacular naufragio electoral de las opciones políticas explícitamente anticonstitucionales adelantaron, con más un mes de anticipación, la ratificación por los españoles del voto afirmativo depositado en las urnas el 6 de diciembre de 1978.Sin embargo, sería conveniente que las nuevas Cortes Generales regularan, con mayor claridad y sin ambigüedades, el lugar que le corresponde en la memoria oficial de nuestra vida pública al aniversario de la Constitución en cualquiera de sus momentos decisivos: la aprobación por las Cortes Generales (31 de octubre), el referéndum popular (6 de diciembre), la solemne firma por el Rey en el Palacio del Congreso (27 de diciembre) o la publicación en el Boletín Oficial del Estado (29 de diciembre). Una sociedad necesita fechas que le recuerden los cimientos sobre los que descansa su convivencia y el proyecto de futuro que trasciende a su existencia cotidiana. Y la Constitución es, al tiempo, la garantía efectiva de las libertades y los derechos de los españoles y el diseño teórico de esa sociedad democrática avanzada que su preámbulo anuncia y su articulado define.

Las elecciones legislativas, por lo demás, han puesto a prueba de forma plenamente satisfactoria la capacidad de nuestro ordenamiento constitucional para servir de marco a una alternancia en el gobierno tan radical como la producida el 28 de octubre. La ausencia de fricciones y tensiones en la transferencia de poderes ha confirmado la idoneidad de las instituciones acordadas durante la etapa de la transición para instalar la práctica política de los españoles en los mismos niveles de modernidad y civilización que las grandes naciones occidentales. Se comprende así que la Constitución se haya convertido en el objeto simbólico de las iras tanto de la ultraderecha golpista como de la coalición electoral emparentada con el terrorismo. Por esa razón, las tentativas de reforma constitucional, aunque admisibles en el terreno puramente teórico, representan, en el contexto político concreto, un flaco servicio a la consolidación de los hábitos y las instituciones democráticos. Afortunadamente, Alianza Popular dio marcha atrás, durante su campaña electoral, de sus peligrosos coqueteos con la idea de reformar varios artículos y todo un título de nuestra norma fundamental. Sería deseable, sin embargo, que la suspensión provisional de los proyectos revisionistas de Manuel Fraga sobre la abolición de la pena de muerte y las autonomías de las nacionalidades históricas se convirtiera en definitiva.

Las Cortes Constituyentes encomendaron a los legisladores del futuro la tarea de concretar e instrumentar buen número de principios generales definidos en ocasiones de forma imprecisa en el articulado de nuestra norma fundamental. En ese sentido, la Constitución continúa abierta y sigue necesitando una amplia superficie de consenso para desenvolver las implicaciones contenidas en sus directrices. El programa electoral socialista, confirmado parcialmente por el nuevo Presidente del Gobierno en la sesión de su investidura, se comprometía a garantizar y hacer efectivos los derechos y libertades constitucionales de los ciudadanos -como la asistencia letrada al detenido, el habeas corpus, la petición individual y colectiva, etcétera- y a rematar la construcción del Estado. La desahogada mayoría socialista en el Congreso y el Senado permitirá al Gobierno de Felipe González y a su grupo parlamentario, con una legislatura de cuatro años por delante, aprobar las leyes, orgánicas u ordinarias, encargadas de desarrollar esos mandatos constitucionales pendientes de cumplimiento.

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Del discurso de investidura de Felipe González cabe extraer la conclusión de que la nueva mayoría, aunque no necesita los votos de la oposición para legislar, tratará de llegara a acuerdos con las demás fuerzas políticas sobre aquellos puntos que afectan al desarrollo constitucional y a las grandes cuestiones -nacionales e internacionales- de Estado. Al Tribunal Constitucional -cuatro de cuyos magistrados tendrán que ser ratificados o sustituidos por el Congreso en las próximas semanas- le corresponde el control de la legalidad de las normas aprobadas por las nuevas Cortes Generales, que no podrán, contra lo que temen o simulan temer los agoreros de la derecha autoritaria, legislar a su capricho fuera del marco de la Constitución. Pero el ordenamiento jurídico permite dar soluciones políticas de muy distinto contenido, todas ellas formalmente admisibles, a los mandatos constitucionales. La mayoría, así pues, podrá optar, dentro de las posibilidades a su alcance, por las fórmulas que garanticen una mayor base de acuerdo. Ahora bien, el problema no concierne sólo al Gobierno y a su grupo parlamentario, sino que también afecta a la oposición, cuya estrategia puede oscilar entre una numantina resistencia a los acuerdos razonables, en espera de que un vuelco futuro del electorado le permitiera modificar las normas aprobadas durante esta legislatura, y una voluntad de negociar las cuestiones conflictivas, partiendo del carácter minoritario de su representación política. La sensación de provisionalidad de las leyes orgánicas encargadas del desarrollo de los mandatos constitucionales, sometidos al tejer y destejer de mayorías alternantes, sería perjudicial, en cualquier caso, para la consolidación de las instituciones democráticas. Porque el bloque constitucional incluye, además de la norma fundamental cuyo aniversario hoy se conmemora, esas leyes que completan el edificio de nuestro ordenamiento jurídico y que exigen también estabilidad y permanencia.

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