Cartas al director

Santa resignación y Banca Catalana

La santa resignación con la cual la gran mayoría de accionistas de Banca Catalana hemos aceptado la liquidación de nuestro patrimonio sanciona, evidentemente, la novedosa noción de que, en pro de fer país, es preciso aceptar una gestión nefasta y temeraria, sin siquiera exigir responsabilidad alguna para lapsus como, por ejemplo, activos ficticios de 15.953.372.312,65 pesetas.Una conclusión de esta escandalosa quiebra para apuntar en la agenda legislativa del nuevo Gobierno es la necesidad perentoria que todos los bancos, cajas de ahorro y otras entidades financieras que aceptan ...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

La santa resignación con la cual la gran mayoría de accionistas de Banca Catalana hemos aceptado la liquidación de nuestro patrimonio sanciona, evidentemente, la novedosa noción de que, en pro de fer país, es preciso aceptar una gestión nefasta y temeraria, sin siquiera exigir responsabilidad alguna para lapsus como, por ejemplo, activos ficticios de 15.953.372.312,65 pesetas.Una conclusión de esta escandalosa quiebra para apuntar en la agenda legislativa del nuevo Gobierno es la necesidad perentoria que todos los bancos, cajas de ahorro y otras entidades financieras que aceptan depósitos del público sean sometidas anualmente a auditoría obligatoria externa.

Me refiero en este sentido al artículo 197 del olvidado proyecto de ley de sociedades anónimas: "Las cuentas anuales y el informe de gestión deberán ser controlados por personas físicas o jurídicas independientes, que tengan la oportuna habilitación administrativa como revisores de cuentas". Incluso, tal norma tendría que hacerse extensiva a todas las sociedades cotizadas en bolsa, aunque dicho sea de paso, no es garantía infalible contra sorpresas como la presente. Por cierto, la mayoría de los siete bancos grandes ya pasan por auditoría externa e independiente.

Otro paso aconsejable en conseguir una mayor transparencia sería adoptar el requisito excelente de la actual ley británica de sociedades anónimas, por el cual se incluye en el informe anual de las sociedades cotizadas una relación de los niveles de remuneración de los consejeros y altos cargos, además de una declaración pormenorizada de las acciones de la sociedad, propiedad de cada miembro del consejo de administración./

Haz que tu opinión importe, no te pierdas nada.
SIGUE LEYENDO

Archivado En