Reforma frente a ruptura

Antonio Pedrol Ríus llegó por primera vez al decanato del Colegio de Abogados de Madrid en diciembre de 1973, al obtener un amplia victoria frente a la candidatura encabezada por Joaquín Ruiz-Giménez, a la que apoyaban los grupos de la oposición democrática al franquismo, que venían utilizando desde hacía algún tiempo la plataforma privilegiada del Colegio de Abogados de Madrid. Un año antes, Antonio Pedrol tuvo un gesto de acercamiento a dichos grupos al retirar su candidatura, en solidaridad con las encabezadas por Enrique Tierno Galván y por José María Gil-Robles, que habían sido ...

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Antonio Pedrol Ríus llegó por primera vez al decanato del Colegio de Abogados de Madrid en diciembre de 1973, al obtener un amplia victoria frente a la candidatura encabezada por Joaquín Ruiz-Giménez, a la que apoyaban los grupos de la oposición democrática al franquismo, que venían utilizando desde hacía algún tiempo la plataforma privilegiada del Colegio de Abogados de Madrid. Un año antes, Antonio Pedrol tuvo un gesto de acercamiento a dichos grupos al retirar su candidatura, en solidaridad con las encabezadas por Enrique Tierno Galván y por José María Gil-Robles, que habían sido vetadas por el Gobierno con ocasión de las elecciones convocadas en diciembre de 1972 para sustituir a la junta de edad que desde junio anterior regía los destinos de la abogacía madrileña.Desde que tomó posesión del decanato, en enero de 1974, Antonio Pedrol asumió con inteligencia política las principales reivindicaciones del sector demócrata del Colegio d Abogados, pasando a convertirse desde entonces en aspiraciones de la Corporación en cuanto tal. Tres años antes de que, desde el marco del Estado, la derecha democrática y posibilista iniciase la operación política de la reforma frente a la ruptura auspiciada por la oposición antifranquista, Pedrol puso en práctica esta misma operación en el marco restringido de la abogacía madrileña. Más tarde las fuerzas de izquierda del arco parlamentario presentes en la abogacía madrileña y Pedrol pactarían una especie de gobierno de concentración, que aún perdura.

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En general, estas aspiraciones se concretaban entonces en la reforma y derogación de la legislación represiva del franquismo (ley de Orden Público, que permitía el arresto gubernativo hasta tres meses, y decreto-ley sobre prevención del terrorismo), en la autonomía de la vida corporativa frente a la absorbente ley de Colegios Profesionales que preparaba en aquellas fechas el Gobierno, en una efectiva libertad en el ejercicio de la defensa, sobre todo ante el Tribunal de Orden Público, en la inmunidad de los despachos profesionales frente al registro de la policía y en la desaparición de la intervención en las comunicaciones penitenciarias del abogado defensor con su cliente.

Con la muerte de Franco y la paulatina implantación del sistema democrático, estas aspiraciones fueron siendo recogidas en la nueva legislación, y las anteriores prácticas abusivas de los poderes públicos en la esfera del libre ejercicio profesional, desaparecieron. Con el régimen democrático, las aspiraciones de la abogacía derivaron con más fuerza a los aspectos profesionales, dado que los aspectos jurídico-políticos habían sido asumidos por el nuevo sistema, y Pedrol utilizó toda su influencia, y sobre todo. su función de senador real en la primera legislatura, para elevar al máximo nivel de la Constitución la existencia legal de los colegios profesionales.

Durante el franquismo y en la democracia, Pedrol no sólo defendió los derechos de la abogacía y, en definitiva, ciertas características básicas del estado de derecho que el primero desconocía, en los despachos oficiales, sino que también descendió a la arena, cuando fue necesario, en defensa del libre ejercicio de defensa o del secreto profesional. En alguna ocasión su intervención tuvo resultados polémicos, como en el caso del abogado donostiarra Ruiz Balardi, mediador en el secuestro del industrial Suñer.

A Pedrol se le atribuyen varios logros en su larga gestión al frente del Colegio de Abogados de Madrid, entre ellos la paz colegial, las becas de iniciación y perfeccionamiento profesional, la asistencia letrada y remunerada al detenido, la remuneración del turno de oficio, las nuevas normas de honorarios profesionales, el nuevo estatuto general de la abogacía, el fondo de solidaridad colegial, las relaciones internacionales del colegio y su presencia en las distintas actividades públicas, etcétera. Sin embargo, alguna de ellas, como la asistencia letrada al detenido, ha encontrado graves dificultades todavía no resueltas y la paz colegial ha podido ser consecuencia de la falta de interés v del aburrimiento de los colegiados ante un estilo demasiado absorbente de gobernar existente en el decanato. Lo que está claro es que la actividad colegial se ha reducido prácticamente en los últimos años al acto de emitir el voto en las elecciones. Por ello no es de extrañar que en los últimos tiempos le hayan salido a Pedrol, competidores por la derecha, aunque todavía con poca fuerza, y por la izquierda, todavía poco articulados, constituidos por desengañados de los partidos de la antigua oposición democrática al franquismo o por abogados llegados a la profesión en las últimas hornadas, intelectualmente radicalizados y que encuentran el marco de los partidos de izquierda parlamentarios demasiado estrecho para su actividad político-profesional.

Esta nueva situación deberá ser tenida en cuenta por el otra vez elegido decano del Colegio de Abogados de Madrid si quiere terminar su tercer mandato al frente de la abogacía madrileña al menos con el mismo prestigio con que comenzó el primero en 1974.

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