Una ley para el actual contorno socio-económico

El centenario de la ley de Enjuiciamiento Civil se conmemora en un momento en que parece se va a producir una reforma en profundidad de la misma, hasta el punto de que podría alumbrarse una nueva ley procesal civil. El anteproyecto que ha elaborado la Comisión General de Codificación, actualmente pendiente de informe del Consejo General del Poder Judicial, recoge algunos de los elementos que se echan más en falta en la actual ley de Enjuiciamiento Civil en su contacto con el actual contorno socio-económico, como son la reducción del número de procedimientos, que el anteproyecto fija en tres, e...

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El centenario de la ley de Enjuiciamiento Civil se conmemora en un momento en que parece se va a producir una reforma en profundidad de la misma, hasta el punto de que podría alumbrarse una nueva ley procesal civil. El anteproyecto que ha elaborado la Comisión General de Codificación, actualmente pendiente de informe del Consejo General del Poder Judicial, recoge algunos de los elementos que se echan más en falta en la actual ley de Enjuiciamiento Civil en su contacto con el actual contorno socio-económico, como son la reducción del número de procedimientos, que el anteproyecto fija en tres, el reforzamiento de los elementos de oralidad, la atribución a la autoridad judicial de más y mejores medios técnicos y una mayor brevedad de su texto.Nacida en un mundo liberal, la ley de Enjuiciamiento Civil no recoge, sin embargo, como haría la ley de Enjuiciamiento Criminal, promulgada al año siguiente, la doctrina liberal, si bien respeta el derecho subjetivo de las partes y garantiza la igualdad entre las mismas. Aunque la lentitud de la justicia pueda atribuirse a la escasez de personal y de medios materiales, es lo cierto que los numerosos y complicados procedimientos establecidos en la ley de Enjuiciamiento Civil van a contribuir a que aquélla se haga más notoria a los ciudadanos. Y, desde luego, van a dar lugar a que surjan a lo largo del proceso, en torno a los intereses económicos en litigio, pequeños poderes subsidiarios que dan origen a un sistema de corruptelas aceptado, tolerado y, a veces, promovido por las partes. En su tiempo, la ley de Enjuiciamiento Civil representó un gran adelanto frente a las farragosas y contradictorias legislaciones anteriores, pero pronto se convirtió en un instrumento de gran utilidad para los fines del mundo económico: alargar los pagos y aplazar las obligaciones. Alvaro de Albornoz, cuando era ministro de Justicia durante la Segunda República, ya anunció la idea de hacer una nueva ley. En sus cien años de vida, la ley de Enjuiciamiento Civil sólo ha sufrido reformas muy puntuales y concretas, sin que ninguna haya afectado a su arquitectura y armazón. Quizás sea este el momento de elaborar una nueva ley procesal civil que, recogiendo los principios y los procedimientos todavía válidos de la ley vigente, potencie los elementos de oralidad y rapidez.

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