Las adhesiones al convenio portuario de la coordinadora suponen su fraccionamiento en pactos locales

Con la firma, el pasado lunes, del acta de adhesión al convenio de la Coordinadora y CC OO por parte de las empresas consignatarias de Tenerife, y las aclaraciones complementarias al mismo, se puso fin al largo conflicto que desde el mes de julio ha mantenido paralizados los puertos españoles. Los acuerdos adoptados por empresarios y trabajadores en los distintos puertos suponen, tal como han comentado a EL PAIS en algunos sectores, que el citado convenio, de ámbito estatal, ha quedado fraccionado de hecho en distintos convenios de carácter local.

Tras las distintas adhesiones al sector...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

Con la firma, el pasado lunes, del acta de adhesión al convenio de la Coordinadora y CC OO por parte de las empresas consignatarias de Tenerife, y las aclaraciones complementarias al mismo, se puso fin al largo conflicto que desde el mes de julio ha mantenido paralizados los puertos españoles. Los acuerdos adoptados por empresarios y trabajadores en los distintos puertos suponen, tal como han comentado a EL PAIS en algunos sectores, que el citado convenio, de ámbito estatal, ha quedado fraccionado de hecho en distintos convenios de carácter local.

Tras las distintas adhesiones al sector, se plantea la reestructuración de la OTP, anunciada por 1% Administración para el próximo septiembre.En el caso del puerto de Las Palmas, las aclaraciones al convenio se reducen a dos. La primera señala que, «dado su peculiar actividad, su aplicación exige el estudio de algunas de sus cláusulas», y en este sentido ambas partes acuerdan la constitución de una comisión paritaria de empresas y trabajadores para proceder al estudio de la aplicación de los artículos segundo, decimocuarto y sexto.

El artículo segundo se refiere al ámbito personal; el decimocuarto, a la constitución de un fondo de asistencia social para realizar mejoras sociales a los estibadores portuarios, y en el sexto, se dice textualmente, que «en lo previsto en las cláusulas del presente convenio se estará a las normas que se contienen en la vigente Ordenanza Laboral de Trabajos Portuarios, los contenidos de cuyas normas las partes asumen como objeto de acuerdos pactados en el presente convenio».

La segunda de las aclaraciones se refiere a la entrada en vigor el convenio, 15 de agosto de 1980. También en el acta de adhesión de Tenerife se hace mención al artículo segundo, excluyendo «al personal de las plantillas de las empresas firmantes que no estando censadas en la OTP no efectúen labores portuarias. Asimismo, en lo que concierne al fondo de asistencia social (artículo 14), ambas partes acuerdan que se «estipule un procedimiento de fiscalización y control del destino de tales fondos por parte de las empresas del. puerto de Santa Cruz de Tenerife.

Pero tal vez sea en Sevilla donde las aclaraciones e interpretaciones hayan supuesto, prácticamente, un nuevo convenio. A pesar de que la OTP negó siempre que el convenio de la Coordinadora y CC OO fuese también aceptado por la organización como tal, aduciendo que se habían limitado a dar «el enterado », en el largo título de los acuerdos adicionales adoptados en Sevilla se dice, entre otras cosas, que éstos son complementarios a la «adhesión del convenio colectivo estatal suscrito por la Coordinadora, CC OO, OTP y empresas afectadas».

«Este acuerdo», se dice a continuación, «se considera como acuerdo local entre las partes firmantes y, en su día, quedará integrado en el convenio colectivo local, que se negociará en el plazo de dos meses a partir de la firma de este documento». Aspecto sobre el que se vuelve a incidir en el último párrafo del documento, señalando que «ambas partes acuerdan expresamente otorgarle a todos los efectos de eficacia y vigencia de ACUERDOS ADICIONALES (en mayúsculas en el original), que en su día pasarán a formar parte del convenio colectivo local del puerto de Sevilla».

El documento adicional se divide en dos partes, por un lado recoge una serie de modificaciones al articulado del convenio, en sus artículos 2, 4, 6, 9, 12 y 14, y, por otro, se establecen unos «acuerdos complementarios de carácter local». Estos acuerdos se refieren a la forma de cubrir los puestos de fijos de empresa, la terminación de buques, la forma de constitución de la comisión mixta paritaria señalada en el convenio.

Reorganizar la OTP

Pero el acuerdo de Sevilla tiene una peculiaridad que le distingue de otros. Tanto empresarios como trabajadores han manifestado en distintas ocasiones la necesidad o la conveniencia de reestructurar la OTP. Reestructuración que, por otra parte, ha sido realmente lo que provocó la huelga del pasado mes de julio. De las actas de adhesión a las que EL PAIS ha tenido acceso, sólo la de Sevilla recoge este deseo. «Las partes firmantes», dice el texto de los acuerdos, «manifiestan su conformidad con la necesidad de una reestructuración de la OTP».Aunque no ha sido recogido en el acta de Tenerife, también los empresarios tinerfeños son partidarios de que este organismo sea reestructurado, según informa. nuestro corresponsal Carmelo Martín. Así se desprende de una nota informativa hecha pública al término de una reunión celebrada en la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife. Representantes de la Confederación Provincial de Empresarios, de la Cámara Provincial Agraria y de la citada Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación, acordaron solicitar a la Junta de Canarias, órgano preautonómico del archipiélago, «que exija al Gobierno una urgente reestructuración de toda la normativa que rige la actividad portuaria». En medios empresariales se pretende que la revisión de la OTP, negociada en convenio, contemple la singularidad de los puertos canarios, «por su total dependencia del transporte marítimo para el abastecimiento exterior», se señala en la citada nota.

La preocupación del empresariado canario en este tema se deriva de la importancia vital del puerto para un renglón decisivo de la economía insular: la exportación de plátanos hacia la Península. Cualquier trastorno en la vida portuaria, similar al ya registrado durante la reciente huelga selectiva, reporta considerables pérdidas a los productores del monocultivo frutícola canario.

Por su parte, los estibadores portuarios reconocen que la OTP requiere una revisión y proponen que se realice una investigación parlamentaria al respecto. Según representantes de la FASOU, sindicato mayoritario en los puertos canarios, integrado en la Coordinadora Estatal de Estibadores, dicha reorganización no presupone, entre otras cosas, que les vaya a ser transferida a los empresarios la facultad de libre contratación en los puertos.

Archivado En