El Ministerio de Trabajo estudia trasladar las fiestas a los lunes

El Ministerio de Trabajo está ultimando el calendario laboral de 1980, que podría contener, entre otras novedades, el traslado a lunes de seis fiestas. Este traslado de las fiestas a lunes, lo que supone la eliminación de los tradicionales «puentes», está previsto por el Estatuto de los Trabajadores recientemente aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados.El mencionado Estatuto, en su artículo 35, fija en catorce las fiestas laborales, retribuidas y no recuperables, al año. De ellas dos tendrán carácter local y entre las nacionales, las restantes, se celebrarán siempre la Natividad de...

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El Ministerio de Trabajo está ultimando el calendario laboral de 1980, que podría contener, entre otras novedades, el traslado a lunes de seis fiestas. Este traslado de las fiestas a lunes, lo que supone la eliminación de los tradicionales «puentes», está previsto por el Estatuto de los Trabajadores recientemente aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados.El mencionado Estatuto, en su artículo 35, fija en catorce las fiestas laborales, retribuidas y no recuperables, al año. De ellas dos tendrán carácter local y entre las nacionales, las restantes, se celebrarán siempre la Natividad del Señor, Año Nuevo y Primero de Mayo en el día de la semana que les corresponda. Las demás pueden ser trasladadas a lunes por el Gobierno.

Además de las fiestas mencionadas permanecerían inamovibles de su fecha correspondiente Corpus Christi, Asunción de la Virgen, Jueves Santo y Viernes Santo. Por el contrario, las fiestas de Reyes Magos (6 de enero), San José (19 de marzo), Santiago Apóstol(25 de julio), fiesta de la Hispanidad (12 de octubre) y la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) se considerarán fiestas susceptibles de traslado a lunes.

El estudio, que todavía está en elaboración, pretende eliminar la variabilidad de las fiestas de cara a la planificación del trabajo, mediante el establecimiento de un calendario laboral perpetuo. El mencionado calendario, de acuerdo con la ley de Relaciones Laborales, tendría que dictarse mediante decreto-ley, y trataría de conciliar las solemnidades litúrgicas y las fechas de arraigo popular con una mayor racionalidad en la programación de la producción.

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