Tribuna:TRIBUNA LIBRE

El marco laboral y las añoranzas del intervencionismo

Director del Instituto de Estudios.Sociales y catedrático de Derecho del Trabajo

Cuando, por iniciativa de Dato, se creó, en 1920, el Ministerio de Trabajo (siempre los conservadores inteligentes se apoderaron de las banderas sociales, como dijo Disraeli), nadie podía imaginar que andando el tiempo, en la España de los ochenta, desde ciertos sectores se pidiera con acritud una «fuerte acción vertical» del Ministerio de Trabajo para acabar con los conflictos, forzar el acuerdo en los convenios y establecer un marco de relaciones laborales.

Por eso parece oportuno hacer ...

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Director del Instituto de Estudios.Sociales y catedrático de Derecho del Trabajo

Cuando, por iniciativa de Dato, se creó, en 1920, el Ministerio de Trabajo (siempre los conservadores inteligentes se apoderaron de las banderas sociales, como dijo Disraeli), nadie podía imaginar que andando el tiempo, en la España de los ochenta, desde ciertos sectores se pidiera con acritud una «fuerte acción vertical» del Ministerio de Trabajo para acabar con los conflictos, forzar el acuerdo en los convenios y establecer un marco de relaciones laborales.

Por eso parece oportuno hacer algunas precisiones sobre estos dos temas de actualidad: la ausencia del marco de relaciones laborales y el intervencionismo laboral perdido. En primer lugar aclarar que no es del todo cierto que no exista un marco de relaciones laborales. En nuestra opinión el marco viene definido por las siguientes coordenadas: libertad sindical en el triple sentido de poder crear sindicatos, afiliarse o no a ellos y ejercer libremente la acción sindical; autonomía de trabajadores y empresarios para regular las condiciones de trabajo, permitiendo el juego de la correlación de fuerzas entre las partes; un mínimo de normativa laboral relativamente reciente (ley de Relaciones Laborales de 8 de abril de 1976 y real decreto-ley de 4 de marzo de 1977, sobre relaciones de trabajo), que aunque no hayan sido elaboradas democráticamente, regulan provisionalmente, hasta el desarrollo de la Constitución, los temas de convenios, conflictos, huelga, despidos, reestructuración de plantillas, jornadas, horarios, régimen disciplinario, etcétera; y, por último, un discreto y efectivo papel de la Administración laboral, que está presente en todo sin estar omnipresente. Existe, pues, un marco de relaciones laborales que funciona y que, además, está sirviendo en su práctica a la preparación del nuevo marco futuro,

Efectivamente, se está produciendo el fenómeno curioso de que esa reciente, y por otro lado antigua legislación laboral, está siendo aceptada en sus aspectos válidos y rechazada en lo que no es de recibo democrático. Por ejemplo, la legalidad de huelgas en casos en los que en modo alguno serían legales. Se trata del comienzo de un derecho usual laboral del que se podrá deducir o inducir algún tipo de norma.

Por lo que se refiere al intervencionismo estatal, no cabe confundirlo con abuso de poder burocrático o a sensu contrario, liberalismo manchesteriano.

Estamos en una época en que todo se debe más a «situaciones» que a «decisiones». Pero aun así, a pesar de tal existencialismo jurídico, lo cierto es que la historia de los Estados modernos no será nunca bien escrita, como afirma Bertrand de Jouvenel, mientras que no se escriba la historia de la Administración pública. La Administración tiene un papel necesario, un justo papel, y hay que vigilarla, por un lado, y excitarla, por otro, para que encuentre el equilibrio. Pero no deja de resultar clamoroso que tras años de condena del exceso de intervencionismo se pase a una situación de «coqueteo»: Administración, interviene en este campo, no en este otro; ahora sí, mañana no.

Parafraseando al profesor Shils, lo que verdaderamente importa en el mundo del trabajo es la primacía del consenso macro-social, sobre el disenso político o sociopolítico. La frase de Tayllerand de que «Inglaterra es un país de cien religiones, pero de una sola salsa» tiene una cierta aplicación social. En concreto, que si hay uniformidad profunda sobre un plan (en este caso, el del gusto) se puede tolerar una gran diversidad en otros dominios y salvado el respeto a la religión profesada. En España tenemos que ir a la búsqueda de mecanismos de responsabilidad en la libertad sin añoranzas de marcos que pueden acabar en redes. Ese es el tema principal: saberse mover con autonomía, aunque sin desprecio a las exigencias del interés general, y, desde luego, con el necesario desarrollo normativo de la Constitución. Pero de ahí a la muleta administrativa como sistema hay un largo trecho. ¿No tendremos un desentrenamiento en la libertad?

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