Desacuerdo entre países ricos y pobres sobre transferencia de tecnología

Después de un mes de intensos trabajos, finalizó la conferencia de las Naciones Unidas sobre transferencia tecnológica, que en una resolución final pide al secretario general de la UNCTAD, Gamani Corea, que convoque una nueva reunión dentro de los primeros cuatro meses de 1979, dado que no se lograron acuerdos en los puntos sustanciales.La conferencia, que se enmarca dentro de los esfuerzos de la UNCTAD por crear un código internacional que regule los mecanismos de transferencia tecnológica en el mundo, trabajó en esta oportunidad sobre un proyecto técnico que se habían venido elaborando a...

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Después de un mes de intensos trabajos, finalizó la conferencia de las Naciones Unidas sobre transferencia tecnológica, que en una resolución final pide al secretario general de la UNCTAD, Gamani Corea, que convoque una nueva reunión dentro de los primeros cuatro meses de 1979, dado que no se lograron acuerdos en los puntos sustanciales.La conferencia, que se enmarca dentro de los esfuerzos de la UNCTAD por crear un código internacional que regule los mecanismos de transferencia tecnológica en el mundo, trabajó en esta oportunidad sobre un proyecto técnico que se habían venido elaborando a nivel de expertos desde hace más de un año. Sin embargo, los obstáculos para concluir un código de transferencia ya no son de definición técnica, sino de intencionalidad o voluntad política.

Tras los empeños por establecer un sistema internacional justo en materia de transferencia de tecnología de los países industrializados a los de en vías de desarrollo, se esconden fuertes intereses multinacionales que en lo sustancial se oponen, primero, a que este código tenga un carácter jurídico obligatorio, abogando, con Estados Unidos a la cabeza, por que sólo tenga un carácter de «recomendación», es decir, que en una primera etapa, de cuyo plazo no se habla, el código sea aplicado «en conciencia».

En segundo término, también como punto irreconciliable entre países industrializados y tercermundistas, se relaciona con las operaciones de transferencia dentro de una misma empresa transnacional. El denominado «grupo de los 77» (o en vías de desarrollo) exige que el código también reglamente la transferencia tecnológica en esa área, mientras los países occidentales se oponen firmemente.

Otro punto que ha impedido un acuerdo global entre las partes se refiere a las denominadas «prácticas restrictivas», y que se traducen en la imposición de ciertas condiciones a los países importadores de tecnología, obligándoseles muchas veces a importar conjuntamente productos de base, semi-manufactorados, equipos de fábricas, etc.

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