Primeros puntos de acuerdo sobre el Estatuto andaluz

La definición de Andalucía como una comunidad autónoma dentro del Estado español -de acuerdo con la Constitución- y la confirmación de la bandera verde, blanca y verde como enseña oficial de Andalucía, constituyen los dos primeros puntos acordados, prácticamente por unanimidad, por los miembros de la ponencia de la Junta de Andalucía designada para redactar el proyecto de Estatuto de Autonomía, tras una reunión de trabajo celebrada ayer en Granada.

Aunque el objetivo de esta reunión no era otro que el de fijar las bases de las disposiciones generales que contendrá el futuro Estatuto, se...

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La definición de Andalucía como una comunidad autónoma dentro del Estado español -de acuerdo con la Constitución- y la confirmación de la bandera verde, blanca y verde como enseña oficial de Andalucía, constituyen los dos primeros puntos acordados, prácticamente por unanimidad, por los miembros de la ponencia de la Junta de Andalucía designada para redactar el proyecto de Estatuto de Autonomía, tras una reunión de trabajo celebrada ayer en Granada.

Aunque el objetivo de esta reunión no era otro que el de fijar las bases de las disposiciones generales que contendrá el futuro Estatuto, según se desprende del comunicado facilitado a los medios de información al término de la misma, no se ha llegado todavía a un acuerdo, sin embargo, respecto a si estas disposiciones generales deberán o no contener una enumeración de los principios institucionales básicos que se propone el ejercicio de los poderes políticos de Andalucía. Otro punto que ha quedado pendiente es el importante tema de la división territorial de Andalucía, en lo relativo a la futura caracterización de la provincia, y la decisión de si existirán o no las comarcas como entidades locales intermedias entre los municipios y la provincia.El tema de la capitalidad andaluza fue objeto de amplia discusión acordándose que cada órgano de la autonomía andaluza (los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, respectivamente) habrá de radicar en diferentes ciudades. La ciudad en donde se establezca el órgano ejecutivo será, además, la que ostente la capitalidad.

Respecto al tema de Gibraltar, los miembros de la ponencia aprobaron por unanimidad la previsión de que el Estatuto contenga una disposición adicional en la que se prevea que, una vez haya sido devuelta la soberanía española sobre el Peñón, éste se considerará parte integrante del territorio andaluz, sin prejuicio del futuro Estatuto particular de la población gibraltareña.

La definición del ámbito territorial de Andalucía quedó igualmente pendiente de ratificación posterior, aunque en principio se considerarán comprendidos en el mismo exclusivamente los municipios de las ocho provincias que en la actualidad integran Andalucía. Se prevé, sin embargo, que las ciudades de Ceuta y Melilla podrán establecer, una vez que se hayan constituido en comunidades autónomas, acuerdos de la más amplia colaboración posible con la comunidad autónoma andaluza, al amparo de lo previsto en el artículo 145,2 de la Constitución.

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