Vista en Magistratura una nueva demanda de aplicación de amnistía laboral

Se celebró ayer el primer juicio por aplicación de amnistía laboral, después de la reciente decisión de un juzgado declarando la anticonstitucionalidad de la ley de Amnistía. En este caso se trataba de cinco despedidos de Standard en 1967 por pertenecer a Comisiones Obreras.El abogado defensor, José Jiménez de Parga, hermano del titular del Ministerio de Trabajo, expuso durante la vista, que el juicio no debía haberse llegado a producir, ya que el magistrado tenía que haber aplicado inmediatamente la amnistía laboral, previa audiencia al Ministerio fiscal, tal como establecía la ley de Amnistí...

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Se celebró ayer el primer juicio por aplicación de amnistía laboral, después de la reciente decisión de un juzgado declarando la anticonstitucionalidad de la ley de Amnistía. En este caso se trataba de cinco despedidos de Standard en 1967 por pertenecer a Comisiones Obreras.El abogado defensor, José Jiménez de Parga, hermano del titular del Ministerio de Trabajo, expuso durante la vista, que el juicio no debía haberse llegado a producir, ya que el magistrado tenía que haber aplicado inmediatamente la amnistía laboral, previa audiencia al Ministerio fiscal, tal como establecía la ley de Amnistía.

El señor Jiménez de Parga añadió que la ley de Amnistía era una ley de rango superior a las otras que se habían invocado para su no aplicación, ya que había sido aprobada por el órgano legislativo superior de la nación como era el Congreso, frente a otras leyes en trance de desaparecer.

Finalmente, el señor Jiménez de Parga se refirió al elevado número de personas que han perdido la vida en defensa de esta ley, contando únicamente -dijo- las muertes ocurridas durante «la época gloriosa de Fraga».

Por su parte, el abogado de la empresa, señor Capdevilla, dijo que no existen precedentes de una ley como la de la Amnistía y que ésta era muy imperfecta en su redacción, ya que no incluye exposición de motivos, lo que hace dificil saber la intención del legislador. Añadió que, además, constituía una injerencia inadmisible en la empresa privada.

Los trabajadores demandantes son los señores Viñuelas, Carmona Calzacorta, González González y Ferrándiz. En todos los casos, excepto en el del señor Viñuelas, el despido fue declarado improcedente.

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