La Iglesia admite el divorcio para los no católicos

«Si se planteara en un futuro la propuesta de una legislación civil que admitiera el divorcio y la legitimación de las nuevas nupcias de los divorciados, los católicos tendrían que adoptar una línea de conducta coherente conforme con las exigencias de la propia fe.» Este es uno de los puntos del documento elaborado por la Comisión para la Doctrina de la Fe, sobre el matrimonio. El documento, que ha sido dado a la luz pública después de seis redacciones previas, es el resultado de un encargo de la Conferencia Episcopal Española a la Comisión para la Doctrina de la Fe. Una vez redactado, pasó nu...

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«Si se planteara en un futuro la propuesta de una legislación civil que admitiera el divorcio y la legitimación de las nuevas nupcias de los divorciados, los católicos tendrían que adoptar una línea de conducta coherente conforme con las exigencias de la propia fe.» Este es uno de los puntos del documento elaborado por la Comisión para la Doctrina de la Fe, sobre el matrimonio. El documento, que ha sido dado a la luz pública después de seis redacciones previas, es el resultado de un encargo de la Conferencia Episcopal Española a la Comisión para la Doctrina de la Fe. Una vez redactado, pasó nuevamente a la Permanente del Episcopado, quien confió su publicación a la de la Doctrina de la Fe para que lo hiciera bajo su propia responsabilidad.

La Iglesia afirma que cuando un hombre y una mujer contraen matrimonio se deben el uno al otro fidelidad para siempre. El matrimonio implica, por su misma naturaleza, deberes y derechos de los cónyuges entre sí y en relación con los hijos y con la sociedad, que no pueden quedar subordinados a la versatilidad del corazón humano. Cuando varón y mujer contraen matrimonio establecen entre sí un vínculo de carácter permanente. El matrimonio así establecido rebasa los intereses privados de los cónyuges y aunque ellos fueron libres para contraerlo, no lo son para romper el vínculo que nació del mutuo consentimiento. De este modo, todo matrimonio queda sustraído a la voluntad privada de los cónyuges y es por ello, de suyo, indisoluble.La indisolubilidad que deriva de la condición sacramental del matrimonio cristiano alcanza su plena firmeza en el matrimonio rato y consumado. Este es un punto de necesaria convergencia de todos los católicos que quieran seguir siendo fieles a la doctrina y a la práctica de la Iglesia. La autoridad de la Iglesia no se reconoce competente para disolver tal matrimonio.

Los cristianos y la legislación civil

Teniendo en cuenta que notable parte de nuestros conciudadanos contraen matrimonio según la Iglesia, imbuidos de la significación religiosa y cristiana del mismo, la Iglesia considera que el reconocimiento civil del matrimonio canónicamente contraído es una opción legítima y realista avalada por nuestra tradición histórica. Así parece exigirlo el mismo carácter público de la Iglesia y de la fe cristiana dentro de la sociedad. Esto no significa que la Iglesia pretenda hoy que los católicos se sientan. obligados al matrimonio canónico por el imperio de la ley del Estado.El respeto a la libertad religiosa pide en esa misma línea una razonable evolución de la legislación civil española hacia una normativa en este campo basada en el pleno reconocimiento del derecho civil a la libertad religiosa de todos los ciudadanos dentro de las exigencias del bien común.

Si se planteara en un futuro la propuesta de una legislación civil que admitiera el divorcio y la legitimación de nuevas nupcias de los divorciados, los católicos tendrían que adoptar una línea de conducta coherente con las exigencias propias de la fe.

La estabilidad inherente al vínculo matrimonial es un bien sumamente importante para la vida afectiva de los esposos, para la firmeza de la familia y, al mismo tiempo, un elemento integrante fundamental del bien común deja sociedad. El divorcio vincular pone en peligro estos, bienes; es de suyo un mal para la sociedad. Esta debe esforzarse por lograr un ordenamiento jurídico sobre la institución matrimonial que proteja eficazmente, en la medida de lo posible, la firmeza del vinculo conyugal. El bien de la comunidad política exige que las normas legales constituyan, en el grado en que esto sea factible, una defensa sólida de la estabilidad propia de todo matrimonio.

La experiencia de otros países demuestra que la mera posibilidad legal del divorcio es ya una incitación al mismo. Este tipo de legislación es prácticamente irreversible, mueve a los propios legisladores a deslizarse por el plano inclinado de la progresiva multiplicación de las causas que legitima la ruptura del compromiso matrimonial, induce a muchos a identificar lo legalmente admitido con lo éticamente lícito.

Esto no significa que el legislador esté obligado siempre a elevar a la categoría de norma legal todo lo que es una exigencia ética, o que deba reprimir todos los males en la sociedad. La tutela de ciertos bienes y la exclusión de males mayores pueden originar un conflicto de valores ante el cual el gobernante ha de poner en juego la prudencia política en orden al bien común, que si no puede prescindir de los valores, éticos, tampoco debe desconocer la fuerza de las realidades sociales. Para llegar a un juicio prudencial en esta materia es preciso tener una información objetiva del alcance real de los problemas planteados y de las variadas soluciones posibles, y ponderar las consecuencias que derivan, para la familia y para la sociedad, de las diversas opciones viables. El impacto de campañas inspiradas en ocasiones por intereses ajenos a toda preocupación ética no debe servir de norma cuando se trata de respetar exigencias del bien común y del justo orden público. Por lo demás, el cristiano debe seguir siempre los imperativos de la fe, sea cual fuere la evolución de las leyes del Estado sobre el matrimonio.

Dada la importante gravedad de los problemas relativos a la estabilidad de la familia y del matrimonio, exhortamos a todos a saber tratar estos temas con sentido de responsabilidad y con profundo respeto para las diversas posiciones. El cristiano aceptará con gozo la enseñanza de la Iglesia, pero sabrá respetar las convicciones de quienes discrepan de ella. También nosotros como creyentes tenemos derecho a que sean respetadas las nuestras. No se construye la paz hiriendo la conciencia de los ciudadanos. En esto, como en otras materias, siempre es posible y deseable el camino del diálogo constructivo sin abdicar de los propios principios y el esfuerzo de todos por armonizar los derechos y deberes de las personas que mantienen concepciones diversas.

Acción educativa y pastoral de la Iglesia

La responsabilidad de los cristianos en relación con la institución matrimonial no se reduce al esfuerzo por lograr unas normas legales justas y unas estructuras económicas, sociales y educativas que contribuyan a la estabilidad de la familia como cauce de realización personal y de vida comunitaria. Los cristianos, como miembros activos de la Iglesia, están llamados a realizar hoy, en el seno de sus propias familias, y en favor de las demás, una intensa actividad educativa y apostólica. Para la Iglesia es de vital importancia que los bautizados tomen conciencia de lo que significa para su vida, la Iglesia y la sociedad, el sacramento del matrimonio visto a la luz de la fe.

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