Cartas al director

Solidaridad

La Asociación de Mujeres Universitarias de Granada, respecto al juicio que se ha celebrado en Zaragoza, contra una mujer de 21 años, por presunto delito de adulterio, quiere hacer constar: que hace suyo el caso como exponente de un concepto jurídico discriminatorio para la mujer, puesto que el Artículo 449 del Derecho Penal, dice: «Cometen adulterio, la mujer casada que yace con varón que no sea su marido y el que yace con ella, sabiendo que es casada, aunque después se declare nulo el matrimonio».Mientras que el Artículo 452 del mismo Código, dice: «Será castigado con prisión menor el marido ...

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La Asociación de Mujeres Universitarias de Granada, respecto al juicio que se ha celebrado en Zaragoza, contra una mujer de 21 años, por presunto delito de adulterio, quiere hacer constar: que hace suyo el caso como exponente de un concepto jurídico discriminatorio para la mujer, puesto que el Artículo 449 del Derecho Penal, dice: «Cometen adulterio, la mujer casada que yace con varón que no sea su marido y el que yace con ella, sabiendo que es casada, aunque después se declare nulo el matrimonio».Mientras que el Artículo 452 del mismo Código, dice: «Será castigado con prisión menor el marido que tuviese manceba dentro de la casa conyugal o notoriamente fuera de ella».

Se puede apreciar sensiblemente la diferencia que hay entre los dos artículos, puesto que el hombre para ser condenado tiene que ser repetidas veces y de una forma patente, mientras que la mujer puede ser sólo por supuesta culpa.

Nosotras, como ciudadanas, pedimos que se derogen estos artículos, así como otros existentes en los distintos Códigos y que son discriminatorios para todas las mujeres.

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Secretaria de la Asociación de Mujeres Universitarias.

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