Habrá amnistía amplia, pero no total

La amnistía que el próximo día 30 propondrá el Gobierno al Rey en Galicia traspasará los límites que inicialmente cabía deducir del contenido del punto 12 de la declaración programática, aunque no atenderá la petición que, desde algunos sectores, se ha formulado en los últimos días: la concesión de una amnistía total.Fuentes oficiosas han manifestado a EL PAÍS que el ministro de Justicia, Landelino Lavilla, está dirigiendo los trabajos encaminados a dar los últimos toques a la propuesta de amnistía

Además de los delitos políticos del Código Penal, mencionados en la declaración gubername...

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La amnistía que el próximo día 30 propondrá el Gobierno al Rey en Galicia traspasará los límites que inicialmente cabía deducir del contenido del punto 12 de la declaración programática, aunque no atenderá la petición que, desde algunos sectores, se ha formulado en los últimos días: la concesión de una amnistía total.Fuentes oficiosas han manifestado a EL PAÍS que el ministro de Justicia, Landelino Lavilla, está dirigiendo los trabajos encaminados a dar los últimos toques a la propuesta de amnistía

Además de los delitos políticos del Código Penal, mencionados en la declaración gubernamental, la amnistía afectaría a una serie de delitos tipificados en el Código de Justicia Militar, con exclusión de los de terrorismo en sentido estricto.

Concretamente, los objetores de conciencia resultarán beneficiados por la amnistía y es muy posible que también los militares acusados de pertenecer a la Unión Militar Democrática.

Asimismo, las fuentes citadas aseguran que se producirá amnistía laboral y administrativa completa, y que como consecuencia de esta última, serán repuestos en sus cátedras los profesores Aranguren, García Calvo, Tierno Galván y Valverde, expulsados de la Universidad por motivos políticos en el año 1966.

Entre las dudas que continúan en pie en medios jurídicos, destaca la suerte que correrán los sumarios sin concluir, incoados por delitos que resultarán afectados por la amnistía. Se señala en tales medios que una sentencia, ya dictada, incluso aunque fuera condenatoria, resultaría más beneficiosa para los procesados que la exclusión de la amnistía, si ésta no tomara en consideración más que los casos juzgados.

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