Condena a tres empresas colaboradoras de Campsa

Los recursos interpuestos por las empresas Ulibarri SA, Olivol SL y Lubricantes del Este de España, SA, Ludesa, han sido desestimados por el pleno del Tribunal de Defensa de Competencia que ha declarado la existencia de una práctica abusiva prohibida en las actividades de las sociedades citadas.Esta práctica consistía «en la imposición libre y voluntaria, al menos durante la vigencia de la orden de 2 de noviembre de 1965, de unos precios inferiores al que la misma señalaba y que ocasionan lesiones injustificadas a los consumidores-tenedores de aceites usados y aún a los simples tenedores, obli...

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Los recursos interpuestos por las empresas Ulibarri SA, Olivol SL y Lubricantes del Este de España, SA, Ludesa, han sido desestimados por el pleno del Tribunal de Defensa de Competencia que ha declarado la existencia de una práctica abusiva prohibida en las actividades de las sociedades citadas.Esta práctica consistía «en la imposición libre y voluntaria, al menos durante la vigencia de la orden de 2 de noviembre de 1965, de unos precios inferiores al que la misma señalaba y que ocasionan lesiones injustificadas a los consumidores-tenedores de aceites usados y aún a los simples tenedores, obligados todos ellos a venderlos, y de la que son autores las indicadas empresas, autorizadas para la recogida y regeneración de los aceites lubricantes usados por delegación de Campsa».

El tribunal ordena que se intime a las tres empresas mencionadas para que cesen en la realización de dicha práctica abusiva, prohibida por la ley, apercibiéndolas de que su incumplimiento les haría incurrir en las responsabilidades establecidas en la ley de defensa de la competencia, independientemente de la facultad del Gobierno de imponerles la sanción de multa continuada de 1.000 a 50.000 pesetas por cada día que persistan en la infracción.

Las indicadas empresas se dedicaban, previa autorización expresa del Gobierno y por delegación de Campsa, a la compra y recuperación de aceites lubricantes usados, para su regeneración y posterior venta en el mercado a través de Campsa.

El Tribunal de Defensa de la Competencia se creó en 1967 con jurisdicción en todo el territorio nacional. El Servicio de Defensa de la Competencia que es una Dirección General del Ministerio de Comercio, tiene como misión instruir los sumarios que ulteriormente estudia y enjuicia el Tribunal. Hasta enero de 1972, el Tribunal sólo había sentenciado un centenar de casos, la mayoría de ellos de escasa importancia.

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