Palma de Mallorca

Policía, municipal condenado por homicidio

MallorcaLa Audiencia Provincial de Palma de Mallorca ha condenado al policía municipal Juan Femenías Artigues a seis años y un día de prisión mayor, como autor de un delito de homicidio cometido en la persona, del comerciante Antonio Zanoguera Ferrer en el transcurso de una discusión suscitada entre ambos en la calle del Socorro de esta ciudad, y en el transcurso de la cual, el primero, esgrimiendo una pistola, causó la muerte al comerciante de un disparo a quemarropa que le ocasionó lesiones tan graves que motivaron su fallecimiento días después.

El autor del homicidio tenía el pre...

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MallorcaLa Audiencia Provincial de Palma de Mallorca ha condenado al policía municipal Juan Femenías Artigues a seis años y un día de prisión mayor, como autor de un delito de homicidio cometido en la persona, del comerciante Antonio Zanoguera Ferrer en el transcurso de una discusión suscitada entre ambos en la calle del Socorro de esta ciudad, y en el transcurso de la cual, el primero, esgrimiendo una pistola, causó la muerte al comerciante de un disparo a quemarropa que le ocasionó lesiones tan graves que motivaron su fallecimiento días después.

El autor del homicidio tenía el precedente de once expedientes, debido a cometer irregularidades en su cargo por padecer un síndrome paranoico que motivó el que fuera trasladado a otro destino, de cuidador del jardín, anexo al Cuartel Municipal. El autor del hecho homicida usó un arma de fuego, pese a haberle sido retirado de la circulación, pero él adquirió una nueva pistola tres días antes del suceso. La sentencia, que considera la concurrencia del atenuante de enajención mental incompleta, condena al Ayuntamiento de Palma subsidiariamente, al pago de una indemnización de 750.000 pesetas que se abone a la viuda y herederos de la víctima, pues en el momento de cometerse el acto, el policía vestía de uniforme haciendo uso de la pistola sin que sus superiores, por conocer la deficiencia mental del procesado, no evitaran una doble situación de riesgo, la derivada de una función pública y la propia de una empresa sabedora de unas limitaciones psíquicas.

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