TRIBUNALES

El juez Del Olmo suaviza la intervención judicial sobre el Atlético de Madrid

La medida limita la intervención previa a negocios por una cuantía igual o superior a 100 millones de pesetas, siendo efectuada para el resto de cantidades 'a posteriori'

Esta resolución supone modificar la situación de intervención judicial a que estaba sometido el club desde el 12 de abril de 2000, que sustituyó a su vez a la administración judicial implantada el 22 de diciembre de 1999, según ha informado el club en nota de prensa.

En un auto hecho público hoy y que lleva fecha del día de ayer, el magistrado instructor ha resuelto, a la vista de la situación de estabilidad económica, financiera y patrimonial por la que atraviesa el club, alzar el modelo de intervención judicial decretada por Auto de 11 de abril de 2000, y que ha consistido en la fisca...

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Esta resolución supone modificar la situación de intervención judicial a que estaba sometido el club desde el 12 de abril de 2000, que sustituyó a su vez a la administración judicial implantada el 22 de diciembre de 1999, según ha informado el club en nota de prensa.

En un auto hecho público hoy y que lleva fecha del día de ayer, el magistrado instructor ha resuelto, a la vista de la situación de estabilidad económica, financiera y patrimonial por la que atraviesa el club, alzar el modelo de intervención judicial decretada por Auto de 11 de abril de 2000, y que ha consistido en la fiscalización previa de todas las operaciones de contenido económico realizadas diariamente por el club Atlético de Madrid y sus entidades, tarea llevada a cabo en cumplimiento de lo que establece el artículo 5 de la Ley de 26 de julio de 1922.

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A partir de ahora, y según establece el nuevo Auto judicial, se sustituye esa medida cautelar por un control financiero, que ejercerá el actual interventor judicial con carácter posterior a la aprobación de los actos por los responsables del club y sus entidades subsistiendo únicamente la intervención previa para la aprobación de aquellos actos y negocios jurídicos de cuantía igual o superior a 100 millones de pesetas, y en orden a determinados actos que pudiesen tener relación con las diligencias previas 213/99, que instruye el Juzgado Central número 6.

Según el club, con la implantación de esta medida, tal y como la misma había sido propuesta por el interventor judicial por el reciente informe elevado a dicho juzgado, se atenúan muy notablemente las reservas cautelares imperantes hasta el momento y se posibilitará un desenvolvimiento más dinámico, ágil y flexible del club Atlético de Madrid SAD y sus entidades dependientes en su tráfico mercantil y deportivo, conforme a esta sociedad deportiva venía solicitando reiteradamente.