Chile reafirma el multilateralismo a través de su vocación oceánica al ser el primer país en ratificar el acuerdo marco del alta mar
La acción del país sudamericano es una expresión de la voluntad que hace visible la conexión de los seres humanos con el océano
Luego de la quinta ronda de negociaciones —20 de febrero al 4 de marzo de 2023— en la Organización de las Naciones Unidas, se aprobó el texto que comprometía el trabajo de aproximadamente dos décadas: “el barco había llegado a la orilla”. Luego, el 19 de junio, 193 países adoptaron por consenso el instrumento jurídicamente vinculante, que establecería un nuevo marco común. Y el 20 de septiembre de 2023, se abrió a la firma del ...
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Luego de la quinta ronda de negociaciones —20 de febrero al 4 de marzo de 2023— en la Organización de las Naciones Unidas, se aprobó el texto que comprometía el trabajo de aproximadamente dos décadas: “el barco había llegado a la orilla”. Luego, el 19 de junio, 193 países adoptaron por consenso el instrumento jurídicamente vinculante, que establecería un nuevo marco común. Y el 20 de septiembre de 2023, se abrió a la firma del Acuerdo sobre la Conservación y Uso Sostenible de la Biodiversidad Marina más allá de las Jurisdicciones Nacionales (BBNJ, en inglés). Finalmente, el 16 de enero de 2024, Chile inscribe su impronta, siendo el primer país en ratificar dicho Acuerdo al ser aprobado por el Parlamento.
La Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) de 1982, entró en vigor el 16 de noviembre de 1994 y se establecería como la carta fundamental del Océano. En efecto, en su articulado (N°116-120) sobre la Conservación y Administración de los Recursos Vivos en la Alta Mar evidenciaría el hito de interés hacia las obligaciones medioambientales del océano, mediante la protección y preservación, la cooperación internacional y el mantenimiento y restablecimiento de las poblaciones de peces, a través de un enfoque de desarrollo sostenible.
La Carta Fundamental (CONVEMAR) del derecho del mar, así como la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Convenio de Diversidad Biológica de 1992, representan la estructura basal que sostiene el interés multilateral sobre la importancia que reviste el océano para la humanidad.
Sin embargo, la Asamblea General de Naciones Unidas, en su resolución 59/24 de 2004, avanzó en el hito clave, al iniciar el dilatado camino hacia la codificación sobre la conservación y uso sostenible de los recursos marinos fuera de los límites jurisdiccionales. A través del Grupo de Trabajo ad hoc se iniciaría el derrotero hacia la investigación sobre los temas cruciales que, tras 19 años de negociación, forman parte constitutiva del Acuerdo BBNJ, que comprende la alta mar y los fondos marinos, de —aproximadamente— 230 millones de kilómetros cuadrados, representando el 64% del océano; estableciéndose como la carta de navegación para las zonas más allá de las jurisdicciones nacionales.
El océano es un área interconectada que abarca aproximadamente el 70% de la superficie del planeta. La alta mar concentra el hábitat del 95% de los seres vivos en la Tierra, posee un rango de 4 kilómetros a 10 kilómetros de profundidad y aporta un valor incalculable en términos ecológico, económico y social a la humanidad, absorbiendo aproximadamente el 30% de CO2 (operando como sumidero de carbono) y siendo herramienta clave de mitigación a la crisis climática, sin embargo, solamente el 1,2% de la alta mar se encuentra bajo alguna forma de protección.
El océano está interrelacionado íntimamente con la atmósfera, es por ello, la importancia de contrarrestar la triple crisis planetaria (climática, contaminación y pérdida de biodiversidad), ya que, la acidificación, falta de oxígeno y el calentamiento de sus aguas están perjudicando al ecosistema y a la resiliencia marina.
El Acuerdo BBNJ viene a ser un avance para subsanar los obstáculos de la conservación, a través de la implementación de un enfoque basado en el desarrollo sostenible de la biodiversidad biológica, mediante una gobernanza oceánica internacional, con una administración y mecanismos de gestión —por áreas—de la biodiversidad, mediante nuevos mandatos para la protección del océano y límites a la pesca, rutas de navegación y futuras actividades de exploración y explotación.
Asimismo, se establecen hitos fundamentales de conservación, tales como: mandato para crear áreas marinas protegidas (AMP), equidad en el reparto de beneficios de los recursos genéticos marinos, un marco para las evaluaciones de impacto ambiental (EIA), coordinación de organismos de administración, creación de capacidades y transferencia de tecnología marina, entre otras.
Tras la firma de las partes, el Acuerdo BBNJ deberá esperar su entrada en vigor, es decir, 120 días después del depósito del instrumento y la ratificación de 60 Estados. Posteriormente, el secretario general de las Naciones Unidas, António Guterres, deberá convocar a la Conferencia de las Partes (COP) luego de un año de entrada en vigor, además, de establecer la Secretaría, el Órgano Científico y Técnico y diversos Comités, así como las normas de procedimiento que se espera esté precedido de una Conferencia Preparatoria que avance en estas temáticas.
La ratificación del Acuerdo por parte de Chile es una expresión de la voluntad que hace visible la conexión de los seres humanos con el océano y, sobre todo, señala que nuestras acciones tienen una directa relación con la salud del medioambiente y del Planeta. Chile, como país ribereño con vocación oceánica, se compromete en la protección y conservación del océano. Es por ello, que tras ser uno de los impulsores de la firma del Acuerdo y pionero en la ratificación, favorecerá la iniciativa de establecer la sede de la Secretaría de dicho instrumento en la ciudad portuaria de Valparaíso.
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